Human Rights Foundation (HRF) envió una comunicación a la ministra de Relaciones Exteriores de España, Trinidad Jiménez, en la que le informa que en Venezuela sí existen presos y perseguidos políticos, lo que desmiente los señalamientos hechos por la canciller el pasado mes de noviembre.

La comunicación indica: «Ministra Trinidad Jiménez, sus declaraciones del 2 de noviembre, ratificadas el 16 del mismo mes, en relación a la inexistencia de presos políticos en Venezuela, sugieren que usted ignora la grave situación de los derechos humanos en ese país. La HRF considera que sus afirmaciones tienen el dañino efecto de confundir a la opinión pública de su país e Hispanoamérica en relación a la situación de los derechos humanos en Venezuela», según sostiene la comunicación suscrita por Thor Halvorssen, presidente de HRF.

Previamente hacen una relación de diferentes casos de violación La Human Rights Foundation (HRF), se dirige respetuosamente a usted, en su calidad de Ministra de Asuntos Exteriores y Cooperación de España, para expresarle nuestra preocupación por sus declaraciones de 2 y 16 de noviembre de 2010 sobre la inexistencia de presos políticos en Venezuela, para presentarle como ejemplo el caso de Rubén González, dirigente sindical y prisionero de conciencia del gobierno de Venezuela, y para informarle brevemente sobre la situación de los derechos humanos en ese país».

La comunicación recuerda que Trinidad Jiménez le informó al Senado español que «a diferencia de lo que ocurre con otros países, las organizaciones internacionales de derechos humanos, en concreto Amnistía Internacional o Human Rights Watch, no tienen catalogado como preso político a ningún preso en Venezuela».

Ante esto HRF respondió que «cataloga a Rubén González como prisionero de conciencia del gobierno de Venezuela. La declaratoria de prisionero de conciencia a cargo de la HRF fue realizada el 21 de enero del año en curso como consecuencia de las conclusiones de su informe jurídico sobre el caso de Rubén González, el cual se encuentra adjunto a esta misiva».

Según el informe jurídico de HRF «el dirigente sindical Rubén González fue acusado, detenido, encarcelado y juzgado exclusivamente por haber ejercido su derecho a la libertad sindical en Venezuela. Entre el 12 y el 26 de agosto de 2009, González lideró una huelga pacífica de los trabajadores de la empresa estatal Ferrominera, en reclamo del incumplimiento de la convención colectiva firmada el 5 de enero de 2009. Como consecuencia de esta huelga de 15 días, González fue acusado de haber cometido los delitos de agavillamiento, restricción a la libertad del trabajo, violación a las zonas de seguridad, e instigación pública a delinquir».

El caso de Rubén González ha sido analizado por el Comité de Libertad Sindical de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Federación Americana del Trabajo-Congreso de Organizaciones Industriales el cual catalogan como violatorio de los derechos sindicales y derechos humanos fundamentales.

«Rubén González no es el primero ni el único prisionero de conciencia en Venezuela», sostiene la comunicación.

«Hace apenas nueve meses, la HRF declaró al ex gobernador de Zulia y ex candidato presidencial Oswaldo Álvarez Paz, prisionero de conciencia del presidente Hugo Chávez, luego de que un informe exhaustivo determinara que fue encarcelado, únicamente, por haber expresado opiniones críticas contra el presidente Chávez y su gobierno.

El caso de González es el séptimo que la HRF tiene documentado a través de su proyecto Caracas Nine (www.CaracasNine.com), el cual tiene como finalidad dar a conocer al mundo los casos de personas con credenciales intachables que han sido víctimas de acoso, persecución judicial o encarcelamiento por expresar opiniones críticas o ejercer sus derechos humanos contra la voluntad del gobierno venezolano.

Los otros seis

El caso número 1 es Francisco Usón, un oficial retirado del ejército que fue encarcelado y sentenciado a cinco años y medio en prisión por comentar públicamente acerca de la posibilidad de violaciones de derechos humanos en cárceles militares venezolanas.

El caso número 2 es Yon Goicoechea, un dirigente estudiantil que fue objeto de múltiples ataques y amenazas por protestar pacíficamente contra la erosión de la democracia y la violación de los derechos humanos en Venezuela.

El caso número 3 es Alberto Federico Ravell, ex director de Globovisión. Su caso representa la situación que viven cientos de trabajadores de medios de comunicación social en Venezuela que, por sostener una línea editorial independiente al gobierno, son víctimas de constantes ataques e intimidaciones.

El caso número 4 es Marta Colomina, una periodista independiente que ha sido víctima de intimidaciones, amenazas y agresiones por sostener una opinión independiente al gobierno de Venezuela.

El caso número 5 es Humberto Quintero, un teniente coronel que en 2005 fue detenido, torturado, y sentenciado a 3 años y 8 meses en prisión por supuestamente haber capturado al líder terrorista de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) Ricardo González, alias Rodrigo Granda. Quintero fue finalmente liberado en mayo de 2009 luego de pasar más de 4 años en prisión.

El caso número 6 es Gustavo Azócar, un periodista y profesor universitario que, desde el año 2000, fue objeto de una persecución judicial debido a su posición crítica hacia el gobierno del presidente Hugo Chávez. Luego de un largo proceso penal plagado de violaciones a sus derechos fundamentales y casi 8 meses en prisión, en marzo de 2010  Azócar fue inhabilitado políticamente y condenado a dos años y seis meses de cárcel.
Actualmente, Azócar se encuentra cumpliendo su condena en libertad condicional.

Los siete caos documentados hasta la fecha son casos emblemáticos de los abusos a los derechos humanos que miles de personas padecen en Venezuela. De los Caracas Nine, actualmente sólo Rubén González se encuentra en prisión. Sin embargo, todos ellos continúan sujetos a algún tipo de acoso o medida restrictiva de la libertad personal.

La jueza Afiuni

La carta también cuestiona, las de Trinidad Jiménez en torno al caso de la jueza María Lourdes Afiuni. «Según usted, «la señora Afiuni liberó a una persona que estaba implicada en el golpe de Estado y, aplicando la legislación vigente en Venezuela. Esta cuestión se resolvió conforme a la legislación vigente en Venezuela». Lo cierto es que la jueza Afiuni fue detenida inmediatamente después de decretar la libertad condicional del Sr. Eligio Cedeño, un empresario acusado de fraude bancario que había permanecido casi tres años en prisión preventiva, superando así el máximo de 2 años previsto por la legislación venezolana.

El fallo de la jueza Afiuni vino luego de que la detención de Cedeño fuera declarada arbitraria por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La propia detención de la jueza Afiuni ha sido declarada ya arbitraria por este órgano de expertos en derechos humanos.

«En la actualidad, la HRF continúa investigando el caso de la jueza Afiuni para considerar su adopción como el caso número 8 de los Caracas Nine. Como hemos dicho arriba, la declaratoria de «prisionero de conciencia» a cargo de la HRF, es siempre consecuencia de un informe legal exhaustivo dirigido a determinar con exactitud si el caso en cuestión corresponde a una víctima perseguida y encarcelada únicamente por haber ejercido sus derechos humanos a la libertad de expresión o libertad de asociación».

27,01,11 El Universal

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