La ONG Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional (www.controlciudadano.org), debido a las amenazas contenidas en la Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional,  devolvió  íntegramente esta semana, un aporte que la Embajada de Canadá en Venezuela había concedido a esta organización de derechos humanos para ejecutar el Proyecto  “Fortaleciendo  una Red de Periodistas en Temas de Seguridad y Defensa Nacional, desde la Perspectiva de los Derechos Humanos y al Democracia”.

La mencionada Ley, promulgada por el ciudadano Presidente de las República Hugo Chávez Frías considera injerencia extranjera los aportes financieros o ayudas económicas destinados  entre otros, a organizaciones para la defensa de los derechos políticos.

Control Ciudadano considera inconstitucional la Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional, ya que  establece graves obstáculos para la práctica del derecho de participación en Venezuela, al prohibirse para su realización la cooperación internacional; contradiciendo el propósito espíritu y razón del artículo 62 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Igualmente considera mal intencionado el propósito de  confundir en esta Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional; entre “organizaciones con fines políticos” y organizaciones para la “defensa de los derechos políticos”.

Control Ciudadano advierte no obstante que denunciará por todos los medios legales la inconstitucionalidad de la ley, su incompatibilidad con la Declaración de Naciones Unidas sobre los Defensores de los Derechos Humanos del 9 de diciembre de 1998; que garantiza entre otros, el derecho a “solicitar, recibir y utilizar recursos con el objeto de proteger los derechos humanos (incluida la recepción de fondos del extranjero).

Por último señala Control Ciudadano, que esta devolución del apoyo financiero al proyecto, no obedece al temor de ser objeto de las sanciones arbitrarias e intimidatorias que prevé la Ley de Defensa de la Soberanía Política y Autodeterminación Nacional en sus artículo 6 y 9: “multa equivalente al doble del monto recibido y la inhabilitación política por un lapso entre cinco a ocho años”, pues estas multas en todo caso podrían superarse y honrarse sin afectar el compromiso  activo de Control Ciudadano con la defensa de los derechos humanos en Venezuela. La mayor peligrosidad -es claro- se encuentra en la remisión que hace esta Ley a la “aplicación de sanciones previstas en otras leyes”, entre las que claramente destaca el Código Penal en general y la aplicación del delito de traición a la patria, que prevé penas hasta de 30 años en particular.

La presente situación, como podrá imaginarse es lastimosa para una pequeña ONG como Control Ciudadano, que realiza el 90 % de su trabajo sin aporte financiero alguno; y también es deplorable, dado que Venezuela tiene un claro precedente histórico de su vocación receptora y donante de la cooperación internacional que se inició en los albores del siglo XIX, a través del proyecto emancipador del Libertador Simón Bolívar (1783-1830), que significo el apoyo internacional a la lucha por la causa de la independencia de los países de América Latina y fue crucial para el futuro de nuestros países.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *