Mientras, que en determinados tipos penales se incrementa dicho porcentaje, por ejemplo, en casos de extorsiones y secuestros se utilizan armas de fuego en 100%, en los homicidios 99%, en robos se emplean en 79% y para la privación de libertad en 78%.
Estos datos nos indican que el control por parte del Estado sobre las armas y municiones, así como el desarme de las personas que ilícitamente las porten, es una medida urgente y necesaria para disminuir la ocurrencia de delitos, en consecuencia, garantizar la seguridad ciudadana.
De allí la importancia de la creación, mediante Decreto número 8.211, del 13 de mayo de 2011, de la Comisión Presidencial para el Control de Armas, Municiones y el Desarme, la cual está integrada por los centros de acción social, diputados de la Asamblea Nacional, profesores universitarios, magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, directivos de cuerpos de seguridad del Estado y representantes del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia y del Ministerio Público.
El hecho de que la Comisión esté conformada por diversos actores demuestra que existe un gran consenso nacional sobre la necesidad de proceder al desarme de las personas que ilícitamente porten armas de fuego y al control y registro de las armas y municiones que se ostenten legalmente. En fin, la sociedad venezolana asume colectivamente la responsabilidad en un asunto de sumo interés.
Entre sus atribuciones está la de diseñar y recomendar a los órganos competentes directrices orientadas a la elaboración de campañas comunicacionales que destaquen el riesgo que representa para la seguridad personal, familiar, comunitaria y el buen vivir el uso de las armas de fuego; y que estimulen la cultura de la paz, de la vida y de la convivencia.
De manera que el éxito de esta Comisión es un aporte vital a la paz ciudadana; de allí que desde el Ministerio Público pondremos todo nuestro empeño para alcanzar tan nobles propósitos.(Mp;23.05.2011)