La Defensora pública primera en materia de inquilinato, Ana Marína Rodríguez  expresó que la nueva Ley de Arrendamientos será un logro en materia de Derechos Humanos.

Esta ley  considerará la vivienda como un «bien humano» y no como una «mercancia», que es el parámetro del mercado capitalista para oprimir al más desposeido, igualmente indicó que será la primera ley promulgada por iniciativa popular, donde además, se declara la vivienda como elemento de utilidad pública y en consecuencia el Estado entra a regular la situación inmobiliaria del país.

sostuvo que aquellas personas que violen la ley se les impondrán multas entre 100 y 500 unidades tributarias, y si se trata de un arrendador propietario de más de cinco inmuebles y que reincida por tercera vez en la falta, la Superintendencia iniciará un procedimiento expropiatorio para adjudicar el inmueble al arrendatario.

Elementos de la nueva Ley

“La nueva ley conserva elementos de la ley anterior, entre ellas el derecho a la preferencia ofertiva y adicionalmente el monto al canon de arrendamiento; también los causales para que los propietarios ejerzan el desalojo de la vivienda por incumplimiento en el contrato”, sostuvo.

La Superintendencia

El ente del Estado que regirá esta materia es la Superintendencia Nacional de Arrendamientos de Viviendas, que formará parte del Ministerio para la Vivienda y Hábitat y sustituirá a la actual Dirección Nacional de Inquilinato.

Entre sus funciones está la fijación del canon, la inspección y fiscalización de los inmuebles y personas sujetos de la ley, imponer sanciones y determinar indemnizaciones, proveer de refugio o vivienda transitoria a quienes deban ser desalojados y no tienen techo a donde ir y revisar los contratos. Estos deben tener una duración mínima de tres años y el arrendatario tiene la preferencia para continuar alquilando la casa.

Desalojos Causales

La defensora indicó que la primera causa de desalojo es la falta de pago, por lo que señaló que los inquilinos deben estar al día con los cánones de arrendamiento; salvo causas que sean realmente justificadas.

Denunció que algunas personas que se atrasan en el pago es porque han tenido discusiones con el dueño y lo utilizan como escusa para no pagar; sin embargo, hay otras personas que pueden tener problemas familiares, personales o sufrir alguna enfermedad imprevista y por no tener algún seguro que los ampare, les queda como opción gastar el dinero del alquiler.

“La constitución dice que no se puede discriminar en ningún ámbito o naturaleza el principio de inclusión de venezolanos a una vivienda digna”, porque de lo contrario impide el incremento de la población, e impide su derecho al devenir de la vida”, exclamó Rodríguez

Para finalizar la defensora pública consideró que se debe sancionar a los que alquilan viviendas y tienen como costumbre discriminar a las personas.Mppvh;01.11.2011

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