El diputado de la Asamblea Nacional y de Alto Comisionado para los Derechos Humanos y Proyectos Especiales de la Gobernación del Estado Táchira, Walter Márquez, denuncia torturas contra campesinos agricultores del estado Táchira por parte de efectivos militares. A continuación le presentamos parte de la denuncia donde se relatan los hechos.
El pasado 10 de marzo de 2012 en los previos de la finca El Porvenir, vereda Baritalia en el Municipio Junín del Estado Táchira, fallecieron violentamente dos miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, siendo estos el Primer Teniente, Jackson Alejandro Ruiz Niño y; el Sargento Segundo, Nelson Johan Gómez Ortega, ambos pertenecientes al Batallón 211 de Infantería “Coronel Antonio Ricaurte”.
Ante estos hechos, se inició un despliegue por parte de varios efectivos militares en aras de localizar a los autores materiales del hecho, pero contrario a esto los funcionarios ingresaron violentamente a varias fincas aledañas al lugar del suceso, arremetiendo contra los trabajadores que allí se encontraban, en su mayoría campesinos agricultores.
Dichos trabajadores fueron llevados por la fuerza al Batallón 211 de Infantería “Coronel Antonio Ricaurte”, pero no sin antes protagonizar escenas de violencia contra su persona y sus familiares, seguidamente fueron puestos a orden de la Fiscalía Militar del Estado Táchira, pues se les acusa de Rebelión Militar, delito contemplado en el artículo 476 del Código Orgánico de Justicia Militar.
Los familiares de los detenidos denunciaron los hechos de los cuales habían sido testigos, y exclamaron que sus familiares fueron sometidos por funcionarios del ejercito que ingresaron a las fincas en las cuales se encontraban trabajando, les gritaban que eran guerrilleros, que sus familiares también, y que iban a violar a sus hijas si no colaboraban, de igual manera les envolvieron sus cabezas en bolsas de Urea, les aplicaron corriente, y fueron salvajemente golpeados, pisoteados y vejados, estando presente niños y adolescentes, hijos de estos agricultores. Señala el documento.
Artículo 261 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela «La competencia de los tribunales militares se limita a delitos de naturaleza militar».
(Denuncia completa: https://archivo.provea.org/?attachment_id=16584)