Uno de los argumentos expuestos por el gobierno nacional para justificar su posible retiro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es que en Venezuela se garantiza el derecho a la justicia.
Tal afirmación se contradice con el reconocimiento realizado por el presidente Chávez, la Fiscal General y la Defensora del Pueblo en el sentido que en Venezuela tenemos altos índices de impunidad y problemas estructurales en la administración de justicia. Desde la perspectiva de dichos funcionarios se ha logrado avances pero el problema persiste.
Y es esa la realidad que viven cotidianamente las miles de personas afectadas por sus derechos en el país.
Con esperanza acuden a los órganos de administración de justicia ya sea para que se establezcan sanciones a los responsables de las violaciones o para que se restablezcan los derechos cercenados.
Con frecuencia, por ejemplo, en situaciones de abuso policial o militar, los casos no pasan de las averiguaciones iniciales sin que se presenten acusaciones formales. Y de las pocas que se realizan son escasas las que llegan a determinar responsabilidades.
Si se trata de derechos sociales es muy probable que una causa dure varios años esperando sentencia. Y en muchos oportunidades la decisión judicial no restablece los derechos violentados o la sentencia no es acatada.
Ante una situación como esa la Constitución en su artículo 31 ofrece una alternativa a todas las personas que habitan en el país y esa alternativa es acudir al Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos.
De tal manera que frente a las deficiencias del sistema de justicia nacional las personas tienen pleno derecho de acudir a instancias internacionales. Dos casos emblemáticos sirven de ejemplo.
El 28 de octubre de 1988 se produjo la masacre de El Amparo, en el estado apure. Funcionarios policiales y militares asesinaros a 14 personas inocentes. El hecho fue procesado en la justicia militar y mediante una cadena de irregularidades bien diseñadas se declaro no culpables a los responsables. Los familiares de las víctimas y los dos sobrevivientes acudieron primero a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y posteriormente el caso fue presentado en la Corte Interamericana quien dictó sentencia. La justicia parcial lograda hasta ahora en este caso se alcanzó precisamente más allá de nuestras fronteras.
El otro caso es el de jubilados de Venezolana Internacional de Aviación Compañía Anónima (Viasa). Mediante una acción de amparo constitucional logran que un tribunal les restituya su derecho a la jubilación. Sin embargo, la sentencia se quedó en el papel y las autoridades competentes se negaban a cumplirla, mientras tanto iban falleciendo jubilados en el camino. Acudieron a la Comisión Interamericana y en esa instancia se logró un acuerdo amistoso que les permite hoy recibir mensualmente sus pensiones.
Forzados a llevar su situación a la Comisión Interamericana fue como lograron finalmente que se hiciera justicia.