El ex presidente de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos considera que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia constituye una prueba de su falta de independencia y del debilitamiento institucional del país

Ficha personal

-Miembro del Comité de Cooperación para la Paz de Chile.

-Miembro de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación de Chile

-Ex presidente de Amnistía Internacional

-Ex presidente de la CIDH

-Codirector del Centro de Derechos Humanos

de la Universidad de Chile

-Miembro de la Comisión Internacional de Juristas

 

No es una dictadura clásica, pero sí una democracia enferma, resume el jurista chileno José Zalaquett para definir el sistema político de Venezuela con la autoridad que le confiere haber sido recluido en el centro de detención y torturas de Tres Álamos por enfrentar el régimen de Augusto Pinochet, y haber dedicado su vida a la defensa de los derechos humanos.

Luego de haber ido al cine con su nieto, con serenidad y sin complacencias con nadie, Zalaquett conversó con El Nacional desde Santiago de Chile. Sigue con atención lo que ocurre en Venezuela y advierte que la sentencia del Tribunal Supremo de Justicia mediante la cual se interpretó la Constitución a favor del Gobierno para tratar de disminuir la trascendencia de la ausencia del presidente Hugo Chávez y su imposibilidad de gobernar constituye una evidencia de concentración de poder que debilita a las instituciones y a la democracia.

“La salud de un mandatario, en la medida en que pueda afectar el cumplimiento de sus funciones, no es asunto privado o familiar sino materia de interés público. No obstante –acota Zalaquett– en este caso no ha habido vocerías médicas sino sólo políticas. El manejo de la información y del tratamiento mismo de una enfermedad probablemente terminal parece responder a proyectos e intereses políticos, venezolanos y cubanos, antes que canalizarse por vías institucionales”.

¿Intereses cubanos?

—Creo que al Gobierno de Cuba le interesa demorar la noticia sobre el verdadero estado de salud del presidente Chávez hasta que Maduro pueda lograr alguna garantía de continuidad del proyecto político oficialista.

¿Cuál es el estado de salud de la democracia en Venezuela?

—En la letra, la Constitución abunda en elementos democráticos. En la práctica, los poderes del Estado se han concentrado en el Presidente y su proyecto. En Venezuela hay una democracia enferma que se diferencia de una dictadura clásica porque tiene legitimidad de origen, pero no de ejercicio. El ejercicio democrático implica respeto de la ley, a las instituciones y a las minorías, y nada de eso está ocurriendo en Venezuela.

La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia elude principios jurídicos esenciales. Cuando un pueblo elige a un gobernante lo hace por un número preciso de años. La juramentación no es un requisito puramente formal, sino una solemnidad necesaria en una democracia, que implica un compromiso de servicio.

¿Cuál es la mayor fortaleza y la mayor debilidad del Gobierno?

—La mayor fortaleza es el hecho de que la mayoría del país, tradicionalmente excluida, se siente tomada en cuenta y considera este gobierno como suyo. Probablemente continuará apoyando a un gobierno que los haga parte, independientemente de sus falencias y de si sus políticas sean o no sostenibles.

El mesianismo es la mayor debilidad del Gobierno. Lo que aglutina el proyecto chavista es una figura mesiánica, que puede desaparecer pronto, así como un voluntarismo político que no escatima costos y que hipoteca el futuro del país.

¿En qué sentido y con qué consecuencias se hipoteca el futuro del país?

—La productividad ha caído y las reservas se han dilapidado con el propósito de ganar amigos y aliados al proyecto bolivariano, dentro y fuera de Venezuela. Todo ello se va a tener que pagar con una devaluación de la moneda y la crisis del sistema de dádivas administrado a través de las llamadas misiones.

¿Cuál es la mayor fortaleza y la mayor debilidad de la oposición?

—Su mayor fortaleza (tardía) es comenzar a entender la necesidad de unidad. Su mayor debilidad es su falta de propuestas, concretas y creíbles, que apunten a que la exclusión económica y social no regresará a Venezuela.

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, sostiene que la división de poderes es un tabú que debilita al Estado.

—Me sorprende viniendo de una jurista. Desde los tiempos de Montesquieu se sabe que la división de poderes, lejos de ser debilitar al Estado de Derecho, lo fortalece, previniendo la concentración de autoridad y el abuso. Una afirmación de esa naturaleza y la sentencia a favor del Gobierno constituyen pruebas de que el máximo tribunal venezolano no es independiente.

¿Qué consecuencias tiene la interpretación acomodaticia de la Constitución?

—El debilitamiento de las instituciones y, por tanto, de la democracia.

¿Qué implicaciones tiene la falta de contrapesos institucionales?

—Si las instituciones son valoradas sólo de modo instrumental, para dar una apariencia de legalidad y legitimidad a medidas que responden a intereses políticos, no puede hablarse de Estado de Derecho. Insisto: el Gobierno tiene una legitimidad de origen, pero una ilegitimidad de ejercicio.

¿Se refiere al período de gobierno 2013-2019?

—Me refiero a gran parte del mandato de Chávez, desde que empezó la política de concentración de poderes y declaró su intención de perpetuarse en el poder.

¿Cree usted que en Venezuela están dadas las condiciones para aplicar la Carta Democrática Interamericana?

—No creo que las instituciones regionales tengan la capacidad ni la voluntad de actuar, menos aún de hacerlo de un modo efectivo.

¿Por qué? ¿Es indiferencia o conveniencia?

—Un poco de las dos cosas. Los Estados siempre se mueven por intereses más que por principios. La OEA es como un árbol seco en la llanura: no se derrumba, pero no tiene vida. En el plano mundial, para las grandes potencias, América latina es una consideración secundaria, si acaso. Venezuela es objeto de debate por su capacidad – ya en ciclo menguante – de “encender la pradera” de la región, o de parte de ella, y por sus devaneos con regímenes fuertes del Medio Oriente, Europa Oriental y Asia Occidental. La comunidad internacional no tiene la voluntad de enfrentar problemas políticos inciertos y distantes.

¿Cómo interpreta la presencia de algunos jefes de Estado y diplomáticos de América Latina en los actos fomentados por el oficialismo que se realizaron el 10 de enero?

—Creo que en la mayor parte de los casos se trata de gratitud, si entendemos ésta como “ese sentimiento que se halla a medio camino entre los favores recibidos y los esperados”. En algún otro caso, serán consideraciones diplomáticas. Confieso que me sorprendió la participación de Mujica, presidente de un país serio como lo es Uruguay.

¿Qué escenarios a corto y mediano plazo prevé usted sobre la situación política en Venezuela?

—A corto plazo, me parece que lo más probable es una continuidad del régimen, con Maduro a la cabeza. A mediano plazo, creo que la inviabilidad económica de las políticas en que el Gobierno sustenta su apoyo popular, sumadas a tensiones en el seno del chavismo, generarán serias inestabilidades internas. Si algún aporte duradero habrá hecho el chavismo a Venezuela y más allá de sus fronteras (a un costo elevadísimo, por cierto) será reforzar el truismo de que no es posible construir sociedades democráticas, justas y sustentables, sobre la base de la exclusión social de las mayorías. El mundo entero está despertando, lentamente por aquí, algo más velozmente más allá, a esta verdad. Los objetivos de equidad inspiraron ostensiblemente al chavismo. El personalismo mesiánico su gran defecto, al igual que actuar como si bastaran la voluntad o los deseos. Por ello, la idea de la justicia social, si bien puede reforzarse, también cabría que se debilite. Con todo, se trata de una aspiración extendida, muy sentida e innegablemente justa, la cual, pese a tropiezos y retardos, veo avanzar en el largo plazo.

¿Cuál cree usted ha sido la influencia de Chávez en América Latina?

—Chávez representó un populismo con nuevo plumaje, lo cual tuvo eco porque en América Latina las grandes mayorías tienden a esperar soluciones mesiánicas. El socialismo del siglo XXI es un intento de imponer viejos modelos de una manera más demagógica y con el mismo énfasis en que la culpa de todos los males las tiene el imperialismo estadounidense. No todos los gobiernos de la región lo consideran así y más bien prefieren políticas para que sus ciudadanos sean corresponsables del bienestar colectivo.

El Nacional. 13.01.13.  Edgar Lòpez

2 Respuestas

  • Excelentísimo amigo
    José Zalaquett. Cuando desconocemos la Constitución de un país que es vanguardia en derechos humanos y cuya constitución tiene mas de 39 artículos en derechos humanos fundamentales y ha pasado por mas de 8 elecciones populares y democráticas hay que tener prudencia y ser justo, le voy a colocar los artículos siguientes;

    Artículo 5. La soberanía reside intransferible mente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
    Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

    Artículo 231. El candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del
    cargo de Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer año
    de su período constitucional, mediante juramento ante la Asamblea Nacional. Si
    por cualquier motivo sobrevenido el Presidente o Presidenta de la República no
    pudiese tomar posesión ante la Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal
    Supremo de Justicia

    .Artículo 233. Serán faltas absolutas del Presidente o Presidenta de la República:
    su muerte, su renuncia, o su destitución decretada por sentencia del Tribunal
    Supremo de Justicia; su incapacidad física o mental permanente certificada por
    una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia y con
    aprobación de la Asamblea Nacional; el abandono del cargo, declarado como tal
    por la Asamblea Nacional, así como la revocación popular de su mandato.
    Cuando se produzca la falta absoluta del Presidente electo o Presidenta electa
    antes de tomar posesión, se procederá a una nueva elección universal, directa y
    secreta dentro de los treinta días consecutivos siguientes. Mientras se elige y
    toma posesión el nuevo Presidente o la nueva Presidenta, se encargará de la
    Presidencia de la República el Presidente o Presidenta de la Asamblea Nacional.
    Si la falta absoluta del Presidente o la Presidenta de la República se produce
    durante los primeros cuatro años del período constitucional, se procederá a una
    nueva elección universal, directa y secreta dentro de los treinta días consecutivos
    siguientes. Mientras se elige y toma posesión el nuevo Presidente o la nueva
    Presidenta, se encargará de la Presidencia de la República el Vicepresidente
    Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva.
    En los casos anteriores, el nuevo Presidente o Presidenta completará el período
    constitucional correspondiente.
    Si la falta absoluta se produce durante los últimos dos años del período
    constitucional, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva asumirá
    la Presidencia de la República hasta completar dicho período.

    Artículo 234. Las faltas temporales del Presidente o Presidenta de la República
    serán suplidas por el Vicepresidente Ejecutivo o Vicepresidenta Ejecutiva hasta
    por noventa días, prorrogables por decisión de la Asamblea Nacional hasta por
    noventa días más.
    Si una falta temporal se prolonga por más de noventa días consecutivos, la
    Asamblea Nacional decidirá por mayoría de sus integrantes si debe considerarse
    que hay falta absoluta
    Artículo 235. La ausencia del territorio nacional por parte del Presidente o
    Presidenta de la República requiere autorización de la Asamblea Nacional o de la
    Comisión Delegada, cuando se prolongue por un lapso superior a cinco días
    consecutivos.

    LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

    TÍTULO I
    DISPOSICIONES GENERALES
    Supremacía Constitucional

    Artículo 4. El Tribunal Supremo de Justicia garantizará la supremacía y efectividad de las
    normas y principios constitucionales. Será el máximo y último intérprete de la Constitución
    de la República y velará por su uniforme interpretación y aplicación. Las interpretaciones que establezca la Sala Constitucional sobre el contenido o alcance de las normas y principios constitucionales son vinculantes para las otras Salas del Tribunal Supremo de Justicia y demás tribunales de la República.

    constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

    Artículo 23. Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos,
    suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y
    prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su
    goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las
    leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y
    demás órganos del Poder Público.

    CONSTITUCIÓN
    TÍTULO I
    PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
    Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e
    independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad,
    igualdad, justicia y paz internacional en la doctrina de Simón Bolívar, el
    Libertador.
    Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la
    soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

    Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de
    Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su
    ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la
    igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la
    preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *