Los establecimientos que prestan servicios de salud privados deben inscribirse ante la Superintendencia Nacional de Costos y Precios (Sundecop).
Así lo ordena la providencia administrativa que este organismo publicó en la Gaceta Oficial del 26 de junio, y que establece los precios que deben cobrar estos centros de acuerdo con la categoría en la que se ubiquen (…)
El ente informó en una nota de prensa que el próximo 26 de julio vence el lapso para apuntarse en el Registro Nacional de Precios de Bienes y Servicios, a través del portal http://sisap.sundecop.gob.ve, donde también deberán notificar los precios de sus servicios al 31 de mayo de 2013 y sus costos unitarios.
Todos los centros de salud privados deben cumplir este requisito, bien sea que se dediquen a la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y/o rehabilitación de enfermedades. Deberán llenar un cuestionario que precisa las características del establecimiento, a fin de precisar su clasificación.
La providencia, publicada en la Gaceta Oficial que circuló este miércoles, establece precios para cada servicio de los prestadores privados, y los diferencia si son clínicas tipo 1, tipo 2 o tipo 3. Por ejemplo, un servicio de emergencia de adulto, incluida consulta médica y tratamiento ambulatorio, debe tener un precio de 2.800, 1.988 y 1.846 bolívares por día, dependiendo de si es un establecimiento tipo 1, 2 o 3, respectivamente.
La normativa obliga a los centros de salud privados a anunciar los montos determinados en la providencia, en listas o carteles colocados en un lugar visible.
Además, puntualiza que los prestadores de servicios médicos de salud privados deberán “mantener los estándares de calidad, eficacia y eficiencia de los servicios prestados”. Sundecop y los integrantes del Sistema Nacional Integrado de Costos y Precios velarán por el cumplimiento de la normativa, indica el comunicado. ( MINCI, 28.06.2013)