«Eran las 12 del mediodía, iba pasando frente a la casa por donde se estaba realizando el operativo, cuando los militares nos agarraron y nos metieron. Allá nos acostaron y nos echaron gasolina y gasoil, después nos entraron a patadas, nos pusieron las manos atrás y nos amarraron con tirrajes».
Así relata Alejandro -seudónimo usado para ocultar su verdadero nombre por ser menor de edad-, de 16 años de edad, lo ocurrido el pasado martes 9 de julio de 2013, en la población de Orope, del municipio García de Hevia del estado Táchira, cuando un grupo de funcionarios del Ejército, presuntamente a cargo del comandante del Batallón José Cornelio Muñoz -Fuerte Morotuto-, Aquiles Leopoldo Lapadula Sira, desmantelaron un depósito clandestino de combustible, operativo durante el cual falleció el joven Renny Suárez de 24 años de edad.
«Alejandro», acompañado de otros dos menores de 14 y 15 años de edad, que fueron detenidos aquel día y puestos en libertad a las 11 de la noche, presenta quemaduras en el lado izquierdo de su rostro, al igual que otro de sus compañeros.
También presenta – también sus compañeros – signos de tortura en sus manos, codos y abdomen.
Asegura que las quemaduras en brazos y rostro fueron producto de que después de que los rociaron de gasolina y gasoil, los efectivos castrenses los sacaron y los arrodillaron al sol durante más de una hora.
Indicó que ellos no sufrieron daños tan graves, pues algunos de los mayores de edad que también pasaban por el frente cuando fueron detenidos, presentan quemaduras más graves, sobre todo en la espalda.
Mostrando las torturas en las manos, los menores explicaban que la cinta adhesiva usada como esposas por los integrantes del Ejército, estaba tan apretada que los daños fueron inminentes, al igual que el dolor ocasionado.
Otros ocho menores de edad corrieron con la misma suerte.
Unos por estar cerca de la casa donde se ocultaba el combustible, otros por estar pasando por allí para trasladarse a otro lugar y otros más por ir a «curiosear» el operativo, en el cual aseguran que había más de 300 funcionarios.
«Yo me estaba ahogando porque teníamos la cabeza hacia abajo, les dije que me estaba ahogando y levanté la cabeza, cuando me metieron una patada por la cabeza y me lanzaron contra el suelo. Así estuvimos como dos horas», explicó.
El baño
Al culminar este episodio, los jóvenes fueron llevados hasta el Fuerte Morotuto, en donde estuvieron sentados durante un rato en el pasto, para luego bañarlos.
A uno de ellos no les quitaron la cinta adhesiva para que se desvistiera, sino que le arrancaron toda la ropa.
Mientras los bañaban fueron sometidos a maltratos verbales. «El teniente nos decía muchas groserías», dijo.
El joven de 14 años – con el seudónimo de José -, relató que mientras iban en la camioneta camino a Morotuto los amenazaron con caerles a tiros si se lanzaban.
«Nos montaron en una camioneta y nos decían que si nos tirábamos, que nos agarraban y nos pegaban un tiro».
Según explicaron, para quitarles el olor a gasolina les llevaron todo tipo de jabones, enjuague y colonia.
Después les dieron leche y finalmente los dejaron en libertad.
El resto de los menores fueron trasladados al día siguiente a los tribunales y al albergue de menores en donde están recluidos actualmente.
«Ellos nos decían que si hacemos lo que estamos haciendo -denunciar- nos buscaban y nos metían presos, y que nadie nos iba a sacar. «Que ellos nos buscaban», agregó una de las víctimas.
Supuestamente los culpan no solo por el supuesto delito de contrabando de gasolina, sino también de paramilitarismo.
Renny Suárez
Sobre la muerte de Renny Suárez, de 24 años de edad, de la cual se han presentado varias versiones, los menores lograron ver algunos de los tratos a los cuales fue sometido.
«El muchacho no se quería dejar amarrar, entonces mocharon una pimpina y la llenaron de gasoil y lo metían de cabeza, hasta que el chamo no podía más y quedó quieto».
Indicaron que a diferencia de ellos, Suárez sí estaba dentro del depósito clandestino cuando comenzó el operativo.
Violaciones
A pesar de que voceros políticos regionales, ligados al oficialismo, han alegado que las protestas realizadas por la comunidad de Orope, ante la muerte de Renny Suárez y las torturas a las que fueron sometidas más de una decena de personas, no tienen sentido porque están defendiendo a quienes cometen un delito, la legislatura venezolana prohíbe que ocurran torturas, así se trate de delincuentes.
El artículo 46 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, del derecho al respeto de la dignidad humana, establece que «Ninguna persona puede ser sometida a penas, torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes».
De igual manera, indica que «Toda persona privada de libertad será tratada con el respeto debido o la dignidad inherente al ser humano»; así como que «Todo funcionario público o funcionaria pública que, en razón de su cargo, infiera maltratos o sufrimientos físicos o mentales a cualquier persona, o que instigue o tolere este tipo de tratos, será sancionado o sancionada de acuerdo con la ley».
Asimismo, la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura, establece en su artículo 3 que serán responsables del delito de tortura: los funcionarios públicos que ordenen, instiguen, induzcan a su comisión, lo cometan directamente o que, pudiendo impedirlo no lo hagan.
Mientras que en el artículo 4: «El hecho de haber actuado bajo órdenes superiores no eximirá de la responsabilidad penal correspondiente».
Finalmente, su artículo 5 explica: «no se invocará ni admitirá como justificación del delito de tortura la existencia de circunstancias tales como estado de guerra, amenaza de guerra, estado de sitio o de emergencia, conmoción o conflicto interior, suspensión de garantías constitucionales, la inestabilidad política interna u otras emergencias o calamidades públicas (…) Ni la peligrosidad del detenido o penado, ni la inseguridad del establecimiento carcelario o penitenciario pueden justificar la tortura».
Por ello, lo ocurrido en Orope viola las leyes nacionales e internacionales en materia de derechos humanos, pues a pesar de que pudieran o no estar incursos en algún delito, nada justifica los malos tratos o torturas a las que habrían sido sometidos.
Lopna
La Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, indica en su artículo 32, el Derecho a la Integridad Personal, el cual en su parágrafo primero especifica que: «Los niños, niñas o adolescentes no pueden ser sometidos a torturas, ni a otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes». (Mariana Duque, Diario Los Andes, 14.07.13)