Las ONG´s de derechos humanos que suscribimos este comunicado manifestamos nuestra profunda preocupación ante el progresivo debilitamiento de las garantías judiciales en Venezuela y la judicialización como método para criminalizar y descartar políticamente a quienes tengan posiciones críticas. [1]
Toda persona tiene derecho a las garantías judiciales y el derecho a un recurso efectivo, estos son principios y obligaciones de derechos humanos que no deben ser suprimidos en ningún contexto por excepcional que éste sea y deben ser cumplidos sin distinciones de ninguna índole.
En Venezuela, en los últimos años se ha venido desarrollando un grave esquema de criminalización y persecución judicial en contra de adversarios políticos, jueces, abogados, líderes sindicales y sociales, defensores de derechos humanos y funcionarios públicos que han tomado decisiones contrarias a los intereses políticos gubernamentales o que han manifestado su inconformidad con políticas gubernamentales y han exigido el cumplimiento de sus derechos.
Este gravísimo esquema se ha puesto en evidencia por cinco elementos sistemáticos:
a) la criminalización y la condena a priori de los presuntos investigados con un inusual despliegue público desarrollado por los más altos voceros del Estado y con el uso abusivo de medios de comunicación oficiales;
b) la creación de Comisiones parlamentarias de investigación sin representación plural de los fuerzas políticas electas en la Asamblea Nacional, que asumen funciones cuasi jurisdiccionales, lo que configura una grave violación a la presunción de inocencia y al debido proceso;
c) la total indefensión de las personas presuntamente responsables, negándoseles recursos legales mínimos para la ejecución de su defensa como el nombramiento efectivo de sus abogados de confianza, el pleno acceso al expediente y la promoción y el reconocimiento de pruebas de descargo y
d) la declaratoria por parte de Órganos jurisdiccionales sin mayor sustentación de inadmisibilidad de recusaciones de jueces presentadas por los presuntos investigados[2].
Estas actuaciones son abiertamente contrarias a nuestra Constitución (arts. 19, 21,26, 27, 49,) y del Derecho Internacional de los Derechos Humanos (Declaración Americana art 25, Convención Americana sobre DDHH art 1, 2, 8 y 25, Declaración Universal art 10 y 11, y Pacto Internacional de Derechos civiles y Políticos arts. 2, 14), y configuran una violación y un quebrantamiento de los principios democráticos fundamentales.
Como bien ha desarrollado la doctrina y la jurisprudencia internacional de manera reiterada “el individuo no sólo tiene derecho a ser juzgado con el debido respeto de todas las garantías procesales reconocidas por la normativa internacional, sino a ser juzgado con justicia”[3], como lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
La aplicación de la justicia no puede ser asumida como una instrumentalización de la venganza política, eso no sólo favorece la impunidad sino que resquebraja principios básicos de la democracia y produce una muy grave fractura social y política de resultados impredecibles.
Casos emblemáticos de lo anterior es por ejemplo el juicio que actualmente se le sigue al sindicalista Rubén Gonzalez por participar y dirigir una huelga en la empresa Ferrominera del Orinoco, el juicio en tribunales militares a cinco capitanes de la etnia Pemón por denunciar hechos de corrupción por parte de funcionarios de la Fuerza Armada Nacional en labores de minería ilegal, el amañado juicio contra la Jueza María Lourdes Afiuni y recientemente el proceso que se inició contra el Diputado a la Asamblea Nacional por el Estado Aragua, Richard Mardo.
La información recibida por parte de sus defensores y por la información pública disponible podemos señalar que al Diputado Richard Mardo se le ha impedido defenderse desde el principio de la investigación; criminalizándosele a priori, negándosele el pleno acceso a su expediente y a ser defendido por sus abogados de confianza, toda vez que no se le permitió autenticar poderes oportunamente y también, se demoró inexplicablemente el nombramiento de sus defensores ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Todo lo anterior significa un proceso de instrumentalización de los órganos de administración de justicia con fines políticos donde con frecuencia se produce violación del debido proceso que implica una violación del derecho a la defensa, de la presunción de inocencia y del principio de legalidad.[4]
Por lo expuesto, en aras del cumplimiento de la legalidad, de las garantías judiciales y del derecho a un recurso efectivo, instamos a que las autoridades competentes:
- En todas las investigaciones administrativas, penales o civiles se dé pleno cumplimiento del debido proceso y de las garantías judiciales establecidas en nuestra Constitución y en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
- Cese la criminalización sistemática y los enjuiciamientos a priori desde los más los más altos voceros del Estado y con el uso de instancias estatales en contra de quienes pueden ser objeto de una investigación de carácter penal, civil o administrativo.
- Se respete y se fortalezca la separación efectiva de poderes en Venezuela, dado que esto constituye la garantía prioritaria de la vigencia de un Estado democrático y de Derecho.
- Se promuevan instancias efectivas de diálogo como un elemento esencial para disminuir la creciente polarización política existente.
Suscriben las siguientes organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos:
Acción Ciudadana contra el Sida
Acción Solidaria contra el SIDA
Cáritas Los Teques
Centro para la Paz y los DDHH-UCV
CISFEM
Comité de Familiares de Víctimas de los sucesos de febrero y marzo de 1989
Espacio Público
PROVEA
Vicaría de Derechos Humanos de la Arquidiócesis de Caracas