rafael uzcateguiLas políticas de militarización de la seguridad ciudadana se han venido implementando en otros países de la región. Y en cada uno de ellos han demostrado que son insuficientes para revertir los graves índices de violencia.

En una edición de la revista Urvio, realizada por la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) Ecuador, Jenny Pontón le realizó sobre este tema una entrevista al doctor en derecho Marcos Pablo Moloeznik Gruer, que por su interés reproducimos un extracto a continuación:

– ¿Cuáles son los factores que han llevado a una generalización de la actuación de las Fuerzas Armadas en la seguridad ciudadana de los países de América Latina?

En cualquier caso, la militarización de la seguridad pública debe considerarse negativa porque constituye el reconocimiento del fracaso de la autoridad que, al verse rebasada, decide apelar a la máxima intensidad del uso de la fuerza del Estado que son las Fuerzas Armadas»

– Los principales factores son, por un lado, el fracaso tanto de las políticas criminales como del sistema de justicia penal -incluyendo las policías- de aquellos Estados donde el poder político ha tomado la decisión de comprometer directamente a las Fuerzas Armadas en el ámbito de la seguridad ciudadana; por otro lado, el dominio del denominado populismo punitivo, es decir, el discurso de mano dura y tolerancia cero, y del innegable atractivo que ejercen los militares en tanto institución, por su profesionalismo, disciplina, espíritu de cuerpo, movilidad, polivalencia y sistema de armas.

 

– ¿Cuáles serían los principales riesgos de que las Fuerzas Armadas de los diferentes países de la región asumieran competencias de seguridad interna?

– En primer lugar, las Fuerzas Armadas no se encuentran preparadas para desempeñar misiones y funciones que no son de su propia naturaleza como las policiales y parapoliciales; en segundo lugar, al personal castrense se lo prepara para hacer la guerra y, para ello, se lo dota de armamento pesado por ser el instrumento militar el recurso estatal de máxima intensidad del uso de la fuerza, es decir, última ratio o argumento final del Estado; en tercer lugar, otro de los riesgos es que precisamente a la luz de sus características, formación y adiestramiento, así como a los contextos urbanos (incluso de alta densidad de población) donde intervienen generalmente, el uso de las Fuerzas Armadas en la dimensión de la seguridad ciudadana suele estar acompañada por violaciones graves y sistemáticas de los derechos humanos.

A diferencia de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, al militar se lo prepara para quitar la vida (como instrumento coercitivo del Estado, en tanto monopolizador de la guerra y de la violencia institucionalizada) y no para preservarla; además, mientras el militar suele actuar en grupo, el Policía suele hacerlo en forma individual, se trata, por ende, de dos profesiones diferentes, con fines distintos.

Por último, las constituciones de los países de la región, solo de manera excepcional y ante situaciones de carácter extraordinario, contemplan la intervención de las Fuerzas Armadas mediante la declaratoria del estado de excepción, de emergencia o de sitio, y por un período de tiempo muy limitado, con el fin de restablecer la tranquilidad y orden público y la paz social.

Esto implica que, en algunos casos, el poder militar actúe en la dimensión interna al margen de la legalidad, al no ser declarado el estado de excepción o de sitio, en cual se suelen suspender ciertos derechos fundamentales, aunque nunca el denominado “núcleo duro” de los derechos humanos, como el derecho a la vida, a la integridad física, al debido proceso, la prohibición de la tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, entre otros.

– ¿Cuándo sería positiva y cuándo sería negativa la militarización de la seguridad ciudadana?

– Solo ante situaciones de naturaleza excepcional se debería recurrir a las Fuerzas Armadas, con la aprobación de los poderes legislativos y con un horizonte temporal muy acotado. 

Bajo este supuesto, para obtener resultados positivos sería necesario: i) ante todo, someter a los militares comprometidos a un proceso de  reconversión profesional que los habilite como policías (por ejemplo, conocimiento, ejercicios sobre el terreno y simulaciones sobre el marco normativo y modalidades de aplicación de la ley, así como de reglas de uso de la fuerza), similar al que reciben para desempeñar misiones y funciones en operaciones de mantenimiento de la paz bajo el mandato del Consejo de Seguridad de la Organización de Naciones Unidas; ii) de manera paralela, se deberían ajustar las reglas de empeñamiento o enfrentamiento para situaciones diferentes al conflicto armado o a la conducción de hostilidades, que implican tratar con la población civil y no con un enemigo. 

En cualquier caso, la militarización de la seguridad pública debe considerarse negativa porque constituye el reconocimiento del fracaso de la autoridad que, al verse rebasada, decide apelar a la máxima intensidad del uso de la fuerza del Estado que son las Fuerzas Armadas. 

El antídoto de esta tendencia en Latinoamérica es el desarrollo de un sistema de justicia penal con operadores profesionales y comprometidos con la función  de la seguridad ciudadana.

(*) Coordinador del Programa de Investigación de Provea

www.derechos.org.ve

investigació[email protected]

@fanzinero

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