juecesLa idea que propuso el presidente Nicolás Maduro hace unos días de crear una figura jurídica similar a la de los fiscales y jueces sin rostro que se ha implementado en otras latitudes, parece no tener aplicación en el país, a menos que se pretenda violar la normativa venezolana vigente, y más aún si se establece por vía de Ley Habilitante, tal como pretende el jefe de Estado.

Al momento de lanzar la idea, Maduro aseguró que hacían falta instituciones con poderes especiales extraordinarios, así sea de manera temporal, para atacar con mano dura las redes de corrupción, contrabando, narcotráfico, sicariato y secuestro.

«¿Cómo hace uno para combatir delitos como el narcotráfico, el secuestro, el contrabando y el sicariato en la frontera? ¿Cómo hacemos, compatriotas? ¿Cómo hacemos para situaciones especiales, extraordinarias?», apuntó.

José Vicente Haro, abogado constitucionalista, asegura que el Presidente, así logre obtener poderes especiales otorgados por la Asamblea Nacional, no está en competencia de legislar nada en materia penal, pues eso es de la reserva legal estricta del Parlamento

Incluso exhortó a la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, a explorar la creación de jurisdicciones especiales que entren dentro del concepto de seguridad de Estado y secreto de Estado, para que así se hicieran los juicios de acuerdo a la ley y a la Constitución, pero preservando la identidad de quienes accionan «para la estabilidad y la paz de la República».

No obstante, el abogado penalista Gonzalo Himiob manifiesta que la pretensión va en contra de un mandato expreso de la Constitución.

Recuerda que el artículo 49, numeral 4, de la Carta Magna, establece que ninguna persona podrá ser sometida a juicio sin conocer la identidad de quien la juzga, ni podrá ser procesada por tribunales de excepción o por comisiones creadas para tal efecto.

Además, indica que la figura se opone a algunos tratados internacionales suscritos por Venezuela, como es el caso del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos.

Himiob aclara que no puede confundirse la protección de víctimas y testigos con la justicia sin rostro. Hay una ley vigente para la protección de víctimas, testigos y otros sujetos procesales que permite de manera temporal y excepcional que la identidad de ellos se mantenga en resguardo para evitar obstáculos en el proceso.

Otra cosa es que el procesado tenga la sentencia de un juez con capucha.

El jurista asegura que al revisar estas experiencias implementadas en otros países se puede evidenciar que los resultados han sido negativos para el resguardo de los derechos humanos de las personas que son llevadas a procesos.

«Sabemos que se usó en Colombia. En Argentina, durante el tiempo de dictadura de Jorge Videla, incluso durante la Alemania nazi. Y hay muchos testimonios de que esto ha servido como caldo de cultivo para la corrupción y otras arbitrariedades».

Límites al Presidente

José Vicente Haro, abogado constitucionalista, asegura que el Presidente, así logre obtener poderes especiales otorgados por la Asamblea Nacional, no está en competencia de legislar nada en materia penal, pues eso es de la reserva legal estricta del Parlamento.

Sin embargo, Maduro ha dicho que una vez que obtenga una Ley Habilitante «poderosa» iría a una transformación profunda del sistema judicial para apretar las penas.

Comentó que propondrá para los delitos de corrupción una pena no menor de 20 años, sin beneficios procesales, así como normas muy severas contra la legitimación de capitales.

Experiencia peruana

En Perú la figura de los magistrados anónimos duró cinco años, desde mayo de 1992 hasta el 15 de octubre de 1997.

Hace unos meses el abogado José González, exjuez sin rostro, contó su experiencia en la región de Chiclayo, donde asumió la presidencia de la corte e instaló las salas especiales en el penal de Picsi.

Detalla que había un ambiente para los tres vocales superiores y el fiscal. Y otro separado por unas lunas especiales donde los magistrados veían a los acusados, los abogados, los familiares, pero ellos no los podían ver. También había distorsionadores de voz.

Al varón se le escuchaba como una mujer o como un niño o niña. «Pero había vocales que tuteaban a los acusados y otros los trataban de usted. Los podían detectar por sus preguntas». González confiesa que el miedo sí existía.

«En Huaraz mataron a un juez, en el sur hubo tres casos más. Un día me tocó juzgar un caso y encontré un sobre cerrado en mi escritorio. Decían que conocían a mi mamá, a mis hermanos, que nos iban a matar».

Asegura que en la práctica la experiencia fue positiva, para un momento donde el terrorismo mataba jueces y fiscales, pero no descarta que probablemente se cometieron excesos.

«En ese tipo de temas hay muchas cosas que cuestionar, pero el gran reto es cómo hacer las cosas en esas condiciones, de la mejor manera y con una categoría de justicia».

El fin del sistema significó para las organizaciones no gubernamentales un paso más hacia los juicios justos en los casos de terrorismo. Se anularon los procesos y se volvieron a abrir.

«Era una descalificación al orden jurídico, pero no al trabajo de los jueces. Nosotros hicimos lo que establecía la ley y punto», se defiende el jurista. (Keylin Itriago, Diario Tal Cual, 06.09.13)

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