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En un acto realizado el pasado 27 de diciembre de 2013, el presidente Nicolás Maduro ascendió a diferentes militares, entre los que se encontraba Ramón Rodríguez Chacín, autor intelectual de la Masacre de El Amparo (1989) y actual gobernador de Guárico. El evento se realizó en el llamado «Patio de Honor» de la Academia Militar de Venezuela, ubicada en Fuerte Tiuna en Caracas.

Como se recordará, Ramón Rodríguez Chacín formaba parte en 1988 del Comando Específico José Antonio Páez (CEJAP), quien actuaba en zona de fronteras y fue responsable de diferentes masacres, incluyendo la de El Amparo, ocurrida el 29 de octubre de 1988, cuando 14 pescadores fueron asesinados en una emboscada y fueron presentados ante la opinión pública como guerrilleros. El testimonio de 2 sobrevivientes reveló la verdad, siendo considerados uno de los casos emblemáticos de violación a los derechos humanos en la llamada «Cuarta República».

En la época Chacín fue detenido por las averiguaciones de las masacres anteriores a la del Caño La Colorada, conocidas como «Los Amparitos». Su participación en los hechos se encuentra documentada en el expediente. El 29.10.88 Chacín no participó directamente en el hecho pues los días anteriores, sobrevolando la zona, tuvo un accidente de helicóptero junto a Henry López Sisco, sin embargo a ambos se les acusa de la autoría intelectual de la emboscada.

Segun la nota de VTV «Por ser combatientes de la rebelión popular del 4 de febrero y 27 de noviembre de 1992, son ascendidos Diosdado Cabello, Francisco Árias Cárdenas y Ramón Rodríguez Chacín (…) Es un mandato del Comandante Supremo». De esta manera Rodríguez Chacín ahora tiene el status de «Contralmirante de la República».

Hay que destacar que tanto Chacín como el resto fueron reincorporados a las filas de las Fuerzas Armadas, lo cual ahora les devuelve el rango de militares activos, lo cual es una violación a la Constitución que el chavismo afirma es «La mejor del mundo». En su artículo 330 establece que “Los integrantes de la Fuerza Armada Nacional en situación de actividad tienen derecho al sufragio de conformidad con la ley, sin que les este permitido optar a cargo de elección popular…” (Publicado en El Libertario, 17.01.14)

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