Roberto González estaba solo cuando fue rodeado por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana. Un fogonazo se vio a continuación: la bala dio de lleno en la ingle. Quedó tirado en la acera mientras los vecinos de la esquina Brisas de Gamboa, en la avenida Panteón, aguardaban que los militares -que le negaban ayuda- desaparecieran.
“¡Está vivo! ¡Llévenlo a una clínica¡ ¡Asesinos!”, gritaban desde las ventanas, mientras González perdía sangre y quedaba inmóvil.
La reconstrucción de la secuencia anterior está basada en testimonios y vídeos que reflejan el hecho ocurrido el 19 de febrero, durante una operación represiva contra manifestantes opositores en urbanizaciones del este y oeste de Caracas. El caso podría servir para ilustrar el incumplimiento de un instrumento clave de la Organización de Naciones Unidas titulado «Principios básicos sobre el empleo del uso de la fuerza y armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley».
Alcance mundial
El documento, en vigencia desde 1990, contiene 26 disposiciones que comprometen a la comunidad internacional a definir cuáles son los límites de actuación que deben respetar los custodios del orden público para no violar los derechos humanos.
Se indica que los agentes deben recurrir a medios no violentos antes de usar la fuerza, sólo deben emplearse armas de fuego cuando sea inevitable y si se hiere a alguien con un disparo es necesario garantizar su rápida atención médica. No se pueden invocar razones como la inestabilidad política para evadir el acatamiento de esas normas.
Los mandatos anteriores, de acuerdo con Marino Alvarado, vocero de la ONG de derechos humanos Provea, fueron incumplidos en el caso de González, pero también en la represión de otros manifestantes a lo largo de febrero, cuando han proliferado las protestas callejeras y violentas ante las ejecutorias del gobierno de Nicolás Maduro y la situación del país.
“Junto con las normas de la ONU está la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con respecto al Caracazo, del cual se cumplirán 25 años en pocos días. Ahí se le indica al Estado que los organismos del orden deben usar la fuerza de manera proporcionada y causar el menor daño posible, pero la GNB ha actuado sin atender a esos criterios”, expresa el activista.
Otras situaciones pueden servir de referencia sobre cómo los estándares de la ONU –muchos de los cuales han sido adoptados en la Constitución, las leyes y reglamentos nacionales– han sido vulnerados.
El artículo 16 de las normas señala que los funcionarios no pueden emplear sus armas contra detenidos, salvo en defensa propia o para proteger a terceros de muerte o lesiones graves. Testimonios como los del universitario Juan Carrasco –que han sido puestos en duda por autoridades– muestran contraste. El joven, que fue aprehendido en Valencia, ha señalado públicamente que fue torturado y que un miembro de la GNB le introdujo un fusil en el ano.
El 12 de febrero se alcanzó el clímax, cuando una jornada nacional de protestas terminó con tres homicidios y actos vandálicos contra la sede de la Fiscalía. Videos captaron a agentes del Sebin, cuerpo de inteligencia política, mientras disparaban armas cortas en los disturbios del centro de Caracas, cerca de donde asesinaron a Bassil Da Costa, estudiante, y a Juan Montoya, miembro de un colectivo del 23 de Enero. Disposiciones contra el empleo de ese tipo de armamento se encuentran en los artículos 4, 9 y 11.
El artículo 16 establece que la dispersión de asociaciones ilícitas no violentas “deberá evitar el uso de la fuerza” o limitarlo al máximo. En caso de protestas violentas, el uso de armas se aprueba si no hay medios “menos peligrosos”. Los testimonios de la operación represiva del 19 de febrero en la noche coinciden en que en lugares como Candelaria, avenida Panteón, Altamira, Horizonte y Santa Fe no hubo mediación de la GNB con activistas que cerraban las calles y que incluso se disparó contra residencias. “Se les ha visto lanzar bombas lacrimógenas contra edificios, por lo que han extendido los perjuicios de su actuación a gente no involucrada en el conflicto”, añade Alvarado.
Reglas con impacto interno
El Ministerio de Relaciones Interiores y Justicia publicó en 2011 una resolución del Consejo Nacional de Policía en la que se dictaban normas de actuación de los funcionarios en el control del orden público.
Se indica que la protección de la vida es prioridad, que se debe promover la mediación en situaciones de conflicto y que el uso de la fuerza debe ser progresivo. Marino Alvarado, de Provea, señala que la GNB ha sido utilizada con preferencia por el gobierno, aunque la Constitución reserva a las policías el control del orden público.
El Dato
El Consejo General de Policía emitió un comunicado el 12 de febrero en el que exhorta a los cuerpos del orden y demás organismos de seguridad ciudadana a cumplir las normas de control de orden público en vigencia desde 2011 que ordenan un uso progresivo de la fuerza. (David González, El Nacional, 25.02.14)