El pasado 28 de marzo de 2014 el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) adoptó una resolución sobre la promoción y la protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Venezuela, junto con 8 países, votó en contra de la aprobación del documento.
El texto reconoce “la participación en manifestaciones pacíficas como una forma importante de ejercer el derecho a la libertad de reunión, de expresión, de asociación y el derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos”, pues las mismas contribuyen al pleno disfrute de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.
Igualmente destaca que “toda persona debe poder expresar sus quejas o aspiraciones de manera pacífica, entre otras cosas mediante manifestaciones públicas, sin temor a represalias o a ser amedrentada, hostigada, lesionada, sexualmente agredida, golpeada, detenida y recluida de manera arbitraria, torturada, asesinada u objeto de desaparición forzada”.
El Consejo de Derechos Humanos expresa su preocupación por las agresiones contra defensores de los derechos humanos y periodistas, y por la creciente criminalización, en todo el mundo de personas y grupos que organizan manifestaciones o participan en ellas.
En este sentido, exhorta a “los Estados a que presten especial atención a la integridad de los periodistas y los trabajadores de los medios que dan cobertura a las manifestaciones pacíficas, teniendo en cuenta su función, exposición y vulnerabilidad específicas”.
El documento también resalta la importancia que tienen “los usuarios de Internet y los defensores de los derechos humanos, así como otras partes interesadas importantes, al documentar violaciones o abusos de los derechos humanos cometidos en el contexto de las manifestaciones pacíficas.
En consecuencia, la Resolución insta a los Estados, entre otras, favorecer las manifestaciones pacíficas facilitando a los manifestantes el acceso a espacios públicos, protegiéndolos sin discriminación, donde sea necesario, contra cualquier forma de amenaza, y destaca la función que desempeñan las autoridades locales a tal efecto. También que eviten el uso de la fuerza en manifestaciones pacíficas y a que, en los casos en que dicho uso sea absolutamente necesario, se aseguren de que nadie sea objeto de un uso de la fuerza excesivo o indiscriminado.
Además, los Estados deben investigar cualquier caso de muerte o lesiones provocadas durante manifestaciones, incluidas las que sean resultado de disparos de armas de fuego o del uso de armas no letales por parte de funcionarios que ejercen tareas de aplicación de la ley. (Prensa Espacio Público, 09.04.14)
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