La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) lamenta profundamente la muerte violenta de varios internos en el Centro Penitenciario Región Capital Yare I en Caracas. La CIDH hace un llamado urgente al Estado para que adopte las medidas necesarias a fin de evitar que se repitan hechos similares.
De acuerdo con la información recibida, el 9 de marzo de 2010 se registraron fuertes enfrentamientos entre reos del Centro Penitenciario Metropolitano Yare I, que habrían resultado en la muerte de varios internos y en numerosos heridos. La CIDH expresa preocupación por los hechos ocurridos, se solidariza con las familias de los internos muertos violentamente, y recuerda que las obligaciones estatales en materia de derechos humanos incluyen la obligación de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar la vida e integridad personal de las personas privadas de libertad.
Asimismo, la CIDH reitera su preocupación por los altos índices de violencia en los centros penitenciarios venezolanos, y por la tenencia de armas de fuego de grueso calibre por parte de organizaciones criminales dentro de varias prisiones. En este sentido, la CIDH reafirma que los Estados tienen la responsabilidad de adoptar medidas de seguridad para proteger a las personas sujetas a su jurisdicción, deber que es más evidente al tratarse de personas privadas de libertad, sobre las que el Estado se encuentra en una posición de garante. Esta obligación no sólo se impone en relación con el poder del Estado, sino también en relación con actuaciones de terceros particulares.
La CIDH urge nuevamente a las autoridades venezolanas a adoptar las medidas idóneas destinadas a prevenir brotes de violencia en los centros penitenciarios. Desde hace varios años la Comisión Interamericana ha venido dando seguimiento a la situación de las cárceles en Venezuela a través de distintos mecanismos, incluyendo casos contenciosos y medidas provisionales solicitadas a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Asimismo recuerda al Estado que desde marzo de 2006 se encuentran vigentes medidas provisionales otorgadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en las que este tribunal manifestó que: “los Estados están en la obligación de desplegar acciones inmediatas que garanticen la integridad física, psíquica y moral de los internos, así como su derecho a la vida”; y resolvió: “requerir al Estado que adopte de forma inmediata las medidas necesarias para evitar en forma eficiente la violencia en la Cárcel de Yare, de tal suerte que no muera ni se afecte la integridad personal de ningún interno o de cualquier persona que se encuentre en dicho centro”. La Corte también ha otorgado medidas provisionales a favor de las personas privadas de libertad en el Internado Judicial de Monagas (“La Pica”), el Centro Penitenciario de la región Centro Occidental (Cárcel de Uribana), y el Internado Judicial Capital El Rodeo I y El Rodeo II. Mediante su Resolución del 24 de noviembre de 2009 la Corte Interamericana mantuvo la vigencia de estas medidas provisionales.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.
Prensa OEA, 11.03.10