Maria Esperanza HermidaEl Consejo General de Policía publicó en mayo de 2010 las reglas mínimas de estandarización para los cuerpos policiales. El nombre de la colección donde se inscribe el material es Baquía: “conocimiento práctico para no perderse en caminos, trochas, ríos y parajes desconocidos”. El número 3 de la colección contiene la primera edición del Manual sobre Procedimientos Policiales.

El instrumento concibe una actuación policial sin discriminaciones fundadas en el origen étnico, color de la piel, sexo, credo, orientación sexual u otras diferencias tendientes a anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.

En el prólogo se afirma que “La aprobación, en el año 2008, por parte del Comandante Presidente Hugo Chávez, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional es la muestra más fehaciente de la voluntad política del Gobierno Bolivariano de avanzar en el  sentido de saldar la deuda con toda la comunidad policial y con el pueblo que demanda cambios radicales en las instituciones policiales. Con la aprobación de este Decreto nace el Sistema Integrado de Policía, la Universidad Experimental de la Seguridad, el Fondo Intergubernamental para el Servicio de Policía y así también, el Consejo General de Policía  adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, el cual instalamos en el año 2009 con el propósito de adelantar una serie de políticas públicas que estandarizaran los cuerpos policiales para su adecuación al nuevo modelo policial, un modelo que se caracterice por el humanismo, la solidaridad, la participación ciudadana, el respeto a los derechos humanos, en síntesis principios todos ellos acordes a la construcción del Socialismo Bolivariano.”

El Manual sobre Procedimientos Policiales está vigente. Plantea la instauración de un nuevo modelo, donde los cuerpos de seguridad se erigirían en una institución encargada de velar por la seguridad y la tranquilidad del pueblo.

El instrumento concibe una actuación policial sin discriminaciones fundadas en el origen étnico, color de la piel, sexo, credo, orientación sexual u otras diferencias tendientes a anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades de toda persona.

Además dibuja en ese nuevo modelo, que la Policía como institución armada no debe usar su armamento en contra del pueblo sino para protegerlo. Indica que si bien la policía es obediente, sus funcionarios y funcionarias se deben abstener de ejecutar órdenes que comporten acciones u omisiones ilícitas, lesivas o que menoscaben los derechos humanos garantizados en la Constitución.

Sobre la disciplina policial, el Manual de 2010 la define como una acción  voluntaria que debe servir para mantener relaciones de respeto y de solidaridad, y para cumplir a los objetivos operativos, tácticos y estratégicos de la institución.

Textualmente, el Consejo General de Policía estableció desde 2010 que “En el nuevo modelo, la Policía no criminaliza a los pobres ni emprende acciones que les re-victimice. Por el contrario, favorece a los sectores populares porque son los más afectados por el fenómeno de la violencia y genera mecanismos de convivencia y de investigación para la prevención de modo tal que se puedan alcanzar todos los derechos en todos los aspectos de la vida de los pobres. En el nuevo modelo, la Policía es capaz de resolver los conflictos por las vías no violentas, mediante la utilización de mecanismos de mediación y conciliación los cuales generan una cultura de paz y una tradición de resolución de los conflictos por las vías comunitarias e institucionales pero usa la fuerza de forma gradual y diferenciada cuando sea necesario y para proteger derechos. En el nuevo modelo, la Policía es una institución que promueve la participación protagónica del pueblo y genera mecanismos que contribuyen con la autorregulación de la comunidad para controlar y prevenir situaciones que generen inseguridad y violencia o que constituyan amenazas, vulnerabilidad y riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes. “

Presidente Maduro, y entonces la OLP ¿qué hace?

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