Ante la falta de acceso a la justicia las personas tienen la potestad de acudir a las instancias internacionales. Entre estas instancias se encuentra el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos. Hasta hace dos años Venezuela formaba parte de todas las instancias del Sistema, como lo son la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH). La denuncia de la Convención Americana en septiembre del 2013 se tradujo en la salida de Venezuela de la Corte IDH.
La Corte IDH ha significado, en efecto, en numerosos casos el último recurso utilizado por las víctimas, convirtiéndose en un instrumento para luchar por la justicia y la verdad tras las arbitrariedades de los Estados. Es gracias a las sentencias de la Corte IDH que se ha podido establecer en nuestro continente la responsabilidad internacional de los Estados por violaciones a los derechos humanos a lo largo de estas últimas tres décadas.
Sin la sentencia de la Corte IDH quizás los pescadores del Amparo hubieran sido recordados como los guerrilleros que intentaron enfrentarse con el Comando José Antonio Páez, quizás el tema de las desapariciones forzadas en Honduras hubieran quedado bajo la sombra de la impunidad, los hechos ocurridos en la toma del Palacio de Justicia de Colombia hubieran sido olvidados sin conocerse la verdad de que se trato de una “toma anunciada” o más recientemente no se hubiera determinado la responsabilidad del Estado Venezolano en la violación del derecho a la libertad de expresión por el trato discriminatorio que tuvo el Estado venezolano con respecto a la renovación de la concesión del espacio radioeléctrico de RCTV.
El 10 de septiembre se cumplieron dos años desde que dejó de ser vinculante para Venezuela la Convención Americana de Derechos Humanos, también conocida como el “Pacto de San José”, cerrando de esta manera las puertas para que la Corte IDH pueda conocer de violaciones de derechos humanos ocurridas en Venezuela, posterior a la fecha de la denuncia.
Todos los hechos que constituyan violaciones de derechos humanos desde septiembre de 2013 no podrán ser conocidos por la Corte IDH, restringiendo el derecho establecido en el artículo 31 de nuestra constitución donde se establece el derecho que tiene toda persona de ampararse ante instancias internacionales como lo es la Corte IDH.
La salida de la Corte IDH constituye un retroceso para la garantía de los derechos humanos en Venezuela. Las víctimas merecen justicia así como la oportunidad de alcanzarla; por ellas y solo por ellas es que es importante el regreso de Venezuela a la Corte IDH.
Jessica Duhan Botero (@gsikdb)
Abogada Programa de Exigibilidad de Provea