Medida-Anticipada

El Juez Iván Cedeño Gómez del Tribunal Décimo Cuarto (14) de Primera Instancia del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) del Área Metropolitana de Caracas, negó el pasado 11 de febrero de 2016, la Medida Preventiva Anticipada presentada por los Centros Comunitarios de Aprendizaje (CECODAP) contra el Ministerio del Poder Popular para la Salud.

Según el abogado Carlos Trapani, con un retraso de 17 días el Tribunal desestimó la medida ya que la solicitud sólo se limitó a mencionar algunos casos médicos que reflejan una supuesta escasez de medicamentos y no se acompañó documentación alguna que sustentara fehacientemente un desabastecimiento de medicamentos. Resulta difícil entender la respuesta del Juez, ya que el desabastecimiento de medicamentos constituye un hecho público, notorio y comunicacional por tanto no está sujeto a prueba. Este criterio se aplicó para casos similares (Medida Anticipada: Ministerio Público contra Alcaldía de Baruta AP51-S-2014-004616 caso Guarimbas).

Por otra parte, CECODAP presentó más de 20 casos documentados en los cuales no se les garantizó de forma oportuna los medicamentos a NNA, algunos de los cuales terminaron lamentablemente fallecidos. Este fue el caso del hijo de 3 años del ciudadano Richard Medina quien murió el lunes 14 de diciembre de 2015 a consecuencia de un cáncer de pulmón en el Hospital Militar de Caracas El papá del niño relato: “El Cardioxane lo busqué durante todo noviembre y no lo conseguí sino hasta este martes (15 de diciembre) en Europa, pero ya era demasiado tarde”

Los Principios de Prioridad Absoluta e Interés Superior del Niño tampoco fueron considerados por el Juez, como mandatos especiales para proteger a niños. Esto significa que desde el Poder Judicial, no se entiende, ni se exige la obligación de privilegiar a los NNA en toda política pública, más aún en situaciones de emergencia o crisis, a pesar de estar reconocido jurídicamente en los artículos 7 y 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente (LOPNNA).

Esto es motivo de preocupacion también para el Comite para los Derechos del Niño de Naciones Unidas quien alientó al Estado venezolano en sus observaciones finales CRC/C/VEN/CO/3-5 a que estableciera procedimientos y criterios para proporcionar orientación a todas las personas con autoridad para determinar cuál es el interés superior del niño en todas las esferas y tenerlo debidamente en cuenta como consideración primordial.

A pesar de esta sentencia, Cecodap va a apelar este Miércoles 13 de abril de 2016. Esperemos que el Tribunal se pronuncie a favor de los niños, niñas y adolescentes, que tanto necesitan justicia. (Myra Lee Machado)

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