A continuación reproducimos el comunicado público que difundiera Provea el 12 de abril de 2002, condenando la ruptura del orden constitucional en Venezuela, luego del recordado «Carmonazo», golpe de Estado que se materializó entre el 11 y el 12 de abril de 2002, y en el que se privó ilegitímamente de la libertad al fallecido Presidente Chávez y se destituyó arbitrariamente a las autoridades de los poderes públicos y a los diputados de la Asamblea Nacional.
En dicha ocasión, Provea, fiel a sus principios en defensa de la Democracia y los Derechos Humanos, repudió los hechos y solicitud a la comunidad internacional la aplicación de la Carta Democrática Interamericana debido a la situación de ruptura del Estado de Derecho y el desconocimiento de la Constitución Nacional, por el gobierno de facto encabezado por el señor Pedro Carmona Estanga. Actualmente, ante lo consideramos una nueva ruptura del orden constitucional promovida por el Gobierno del Presidente Nicolás Maduro, expresada en la aprobación del «Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica», Provea apoya la solicitud hecha por el Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), señor Luis Almagro, para que se aplique la Carta Democrática Interamericana al país y se inicien las gestiones diplomáticas necesarias para avanzar en la restitución del orden constitucional.
Provea opina que la aplicación de este mecanismo puede ayudar a generar condiciones para el diálogo, el respeto a las libertades democráticas y la rectificación del desvío autoritario del Presidente Maduro.
A continuación reproducimos el comunicado:
La única salida a la crisis es el estricto apego a la Constitución
PROVEA CUESTIONA RUPTURA DEL ESTADO DE DERECHO EN VENEZUELA
El Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea), ante las circunstancias especialmente difíciles por las que está atravesando nuestro país, vuelve a manifestarse ante la comunidad nacional e internacional, en función de la Constitución de 1999 y de los instrumentos de protección internacional de derechos humanos firmados por la República.
Somos organizaciones de derechos humanos de carácter independiente que, como lo hemos hecho por más de una década, actuamos en apego a principios y normas aplicables sin discriminación alguna. En tal sentido manifestamos:
1.- No hay en este momento una verificación independiente e imparcial de la renuncia del Presidente electo, lo único cierto es que se encuentra arbitrariamente privado de su libertad. De ser verificada la voluntad de renunciar del mismo, el artículo 233 de la Constitución señala los procedimientos que garantizan la continuidad constitucional, ninguno de los cuales se ha garantizado. Si no ha renunciado, igualmente coloca a las autoridades al margen de la Constitución y del Estado de Derecho, en una situación que caracterizamos como un Golpe de Estado.
2.- El “gobierno provisional”, encabezado por Pedro Carmona Estanga es inconstitucional. Sin embargo, en tanto tiene control sobre la población y sobre el territorio, tiene obligaciones concretas en materia de respeto y garantía de los Derechos Humanos que protegen a toda la población en el actual conflicto. Hemos presenciado en los primeros dos días de este gobierno, la ejecución de allanamientos y detenciones arbitrarias a dirigentes políticos y sociales que cuestionan el golpe de Estado (algunos de los cuales tienen inmunidad parlamentaria) y la represión a manifestaciones que exigen la liberación del Presidente Hugo Chávez, con saldos de al menos una persona muerta.
3.- Especialmente exigimos que todas las detenciones e investigaciones que se están realizando sobre los sucesos del 11 de abril, respeten las garantías judiciales y los derechos humanos de las personas investigadas y sean realizadas por los órganos establecidos en la Constitución de 1999. Rechazamos en especial cualquier intento de detención de personas sobre la base de “delitos de opinión”, como ocurrió en la detención del diputado y defensor de los derechos humanos Tarek William Saab, en el día viernes.
4.- Exigimos una investigación exhaustiva e imparcial, realizadas por los órganos establecidos en la Constitución de 1999, acerca de las muertes y heridos registrados en los sucesos del 11 de abril, que causaron más de una decena de Comunicados muertos y un centenar de heridos de bala, en los que se involucra a cuerpos de seguridad nacionales y regionales.
5.- Tal como lo veníamos señalando repetidamente, expresamos nuestra preocupación por las muestras de intolerancia social observadas, tanto en el contexto de las detenciones de funcionarios públicos como en la manifestación que está ocurriendo frente a la Embajada de Cuba, a la que se le mantiene sitiada, se le cortó la electricidad, el agua, frente a la presencia de funcionarios policiales. Estas acciones no favorecen la construcción de la paz y la concordia a la cual aspira legítimamente todo el pueblo venezolano.
6.- Llamamos a las organizaciones sociales internacionales de derechos humanos a expresar, por las vías que consideren necesarias, su solidaridad con la sociedad venezolana ante la situación de crisis política en nuestro país, que se resolvió a través de la ruptura del hilo constitucional. Especialmente, solicitamos que presionen a sus Estados para que no reconozcan al gobierno de facto y abran sus embajadas en el país para que brinden protección a los perseguidos políticos.
7.- Llamamos a la Comunidad Gubernamental Interamericana a tomar posición ante la crisis institucional que vive Venezuela, en aplicación del Artículo 19 de la Carta Democrática Interamericana que plantea la condena de “la ruptura del orden constitucional que afecte gravemente el orden democrático” de los Estados Miembros, al tiempo que llamamos a los gobiernos democráticos del continente a solicitar la convocatoria inmediata del Consejo Permanente de la Organización de Estados Americanos (OEA), en virtud de la aplicación del artículo 20 de la referida Carta, para que dicha instancia pueda “realizar una apreciación colectiva de la situación y adoptar las decisiones que estime conveniente”. Caracas, 12 de abril de 2002.
Publicado originalmente en:
https://archivo.provea.org/wp-content/uploads/cp120402.pdf