La imputación tiene el sentido -en el marco de la administración de justicia- de la apertura de un proceso penal que atiende los principios del derecho humano que asiste a toda persona que haya infringido la ley de contar con un debido proceso.

A partir de ese momento, al acusado le asiste el derecho de saber de qué se lo acusa, dispone del derecho a la defensa (que en nuestro país puede ser asumida por la Defensa Pública si la persona no tiene recursos) y tiene el derecho a contar con su juez natural.

Los cuerpos policiales, como órganos coercitivos del Estado, asumen la responsabilidad de hacer cumplir las leyes. En los casos en que ocurre la comisión de un delito, recae sobre sus hombros la enorme responsabilidad de privar a una persona de un bien precioso: la libertad. Esa actuación policial debe hacerse respetando los derechos humanos de la persona procesada hasta que sea el juez quien, con las pruebas promovidas por el Ministerio Público, dictamine su culpabilidad.

No pocos han sido los esfuerzos promovidos por el Mppij para que esa premisa sea una práctica: la Ley de Policía Nacional y sus resoluciones, la creación de un nuevo cuerpo policial, ambiciosos programas de formación policial y la repetición hasta el cansancio de lo que debe ser la actuación de un policía honesto.

A ese catálogo de derechos no tuvo acceso Antonio Durán, interno golpeado hasta su muerte en los calabozos de la Policía Municipal de Salias con la presunción de la compartida autoría de compañeros de celda y funcionarios aprehensores.

La proliferación de policías municipales y estadales y sus particulares modos de interpretar la justicia debió ser conocida por la Defensoría del Pueblo en sus primeros años de trabajo, al impugnar diversos códigos de actuación policial que contravenían la Constitución.

Otro incidente, desencadenado por un presunto abuso policial, desató la ira de los isleños en Coche y dio cuenta de la vida de cuatro personas más, incluida la de un funcionario policial linchado. Cuando ambos casos ya están en manos de la administración de justicia, vale la pena preguntarse si estamos en presencia de casos aislados o si se trata de una práctica cotidiana del quehacer policial, que en esta oportunidad trascendió de manera fatal.

Gabriela Ramírez

Defensora del Pueblo

(UN;25.06.10)

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