Foto de NoticiasVe.com

Los diputados salientes dejarán otra herencia a sus sucesores. La mayoría chavista en la Asamblea Nacional tiene previsto satisfacer ahora un viejo anhelo de su comandante: aprobar una ley «antitalanquera».

Su nombre es otro: proyecto de reforma parcial de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones. El mencionado instrumento dedica un capítulo a «los compromisos de los parlamentarios con sus electores y electoras».

En su artículo 29 la propuesta dice: «constituye fraude a los electores y electoras, toda conducta que se aparte de las orientaciones y posiciones políticas presentadas en el programa de gestión como oferta electoral».

Luego, establece las cuatro «conductas» que se tipificarán como «fraudulentas»:
1) Votar en contra de los postulados del programa de gestión presentado a los electores y electoras, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica.

2) Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral y presentada a los electores y electoras durante la campaña electoral.

3) Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organizaciones políticas que respaldaron el programa de gestión consignado ante el CNE.

4) Separarse del Grupo Parlamentario de Opinión perteneciente a la organización política o social que lo postuló, para integrar o formar otro Grupo Parlamentario de Opinión contrarios al programa de gestión consignado ante el CNE.

Si un diputado incurre en alguna de esas «conductas fraudulentas», se expondrá a «la suspensión o inhabilitación parcial o total, previa solicitud de los ciudadanos o un diputado en representación del Grupo Parlamentario de Opinión al cual pertenece».

Sin embargo, la norma 201 de la Carta Magna precisa: «los diputados o diputadas son representantes del pueblo y de los Estados en su conjunto, no sujetos o sujetas a mandatos ni instrucciones, sino sólo a su conciencia. Su voto en la Asamblea Nacional es personal».

16.12.2010 Pedro Pablo Peñaloza El Universal

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *