Sr. Presidente

Su Excelencia,

Re: Propuesta de Proyecto de Ley de Cooperación Internacional

Le escribe la Secretaria General de CIVICUS: Alianza Mundial para la Participación Ciudadana, una alianza internacional de la sociedad civil con miembros y socios en más de un centenar de países. CIVICUS trabaja para fortalecer la sociedad civil y la acción ciudadana en todo el mundo.

Nosotros en CIVICUS, miembros y socios, estamos profundamente consternados acerca de sus recientes comentarios solicitando a los miembros de la Asamblea Nacional a adoptar una severa ley para detener efectivamente el financiamiento internacional a las ONG. Quisiéramos enfatizar que las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) juegan un papel extremadamente importante en la vida nacional. La crítica constructiva y la búsqueda de una mayor rendición de cuentas en la vida pública son elementos importantes para la nación. Por consiguiente, nosotros instamos a su gobierno a respetar las expresiones de la disidencia legítima y la inequívoca defensa de los derechos de expresión, asociación y libre reunión de la sociedad civil.

Quisiéramos llamar su atención sobre el Proyecto de Ley de Cooperación Internacional, proyecto que actualmente está siendo discutido por los legisladores. Creemos que este Proyecto de Ley se ha elaborado sin una adecuada consulta a la sociedad civil. Además, estamos profundamente preocupados con respecto a las secciones del Proyecto de Ley, en su forma actual, que restringen severamente el espacio de la sociedad civil de la siguiente manera:

1. Sometiendo a las OSC a una burocracia adicional, requiriendo su registro en los órganos del gobierno para así poder recibir fondos provenientes de fuentes internacionales, dejando abierta la posibilidad de que se les niegue de forma subjetiva dicho registro a las OSC que han sido críticas de las acciones oficiales.
2. Creación por parte del gobierno de un fondo oficial de Cooperación y Asistencia Internacional para recolectar las donaciones monetarias provenientes del extranjero y sus posteriores desembolsos, impidiendo probablemente las actividades entre las OSC de Venezuela y sus contrapartes en el extranjero. Además, ello dará lugar a que el gobierno se apropie y priorice los fondos de la cooperación internacional en lugar de la apropiación democrática de las OSC y de las comunidades locales.
3. Aumento de la discrecionalidad del Ejecutivo para monitorear los asuntos de las OSC a través de la creación de una Agencia Internacional para el Cooperación, cuyos límites y competencias no han sido claramente definidos, incrementando así las restricciones sobre los asuntos de las OSC.

Creemos que el registro y financiamiento obligatorios del Proyecto de Ley, dada su ambigüedad, tienen el potencial de violar el derecho a la libertad de asociación consagrado en la Constitución Venezolana, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, en la Convención Americana de Derechos Humanos y en la Declaración de la Naciones Unidas de los Defensores de Derechos Humanos.

Le instamos a utilizar su poder ejecutivo y su influencia para llevar a cabo consultas con la sociedad civil con respecto a la necesidad de una ley de cooperación internacional, observando los principios que deben sustentar cualquier mecanismo de regulación de la sociedad civil.

Atentamente,

Ingrid Srinath
Secretaria General
CIVICUS: World Alliance for Citizen Participation

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