Las líneas orientadoras educativas para la reprogramación de las actividades escolares del año escolar 2010-2011 en las entidades federales afectadas por las recientes lluvias fueron publicadas en la Gaceta Oficial Nº 39.576, del viernes 17 de diciembre, que circuló este lunes.
Mediante dicha resolución, el Ministerio del Poder Popular para la Educación, como órgano rector en materia educativa, dicta las líneas orientadoras educativas para el Distrito Capital y los estados Falcón, Mérida, Miranda, Nueva Esparta, Sucre, Táchira, Trujillo, Vargas, Zulia, y los municipios Manuel Monge, Veroes y Cocorote, del estado Yaracuy; y Puerto Cabello y Juan José Mora, estado Carabobo.
El Ministerio incorporará la Gestión Integral de Riesgo en el desarrollo curricular como parte del Eje Integrador Ambiente y Salud Integral en la reprogramación de las actividades escolares, que consideren aspectos pedagógicos, psicológicos, ecológicos y sociales, articulando e incorporando a los organismos gubernamentales, organizaciones comunitarias, empresas públicas y privadas, con la participación protagónica de responsables y corresponsables en el proceso educativo.
Las acciones específicas se corresponden con las particularidades de los niveles y modalidades del Subsistema de Educación Básica.
Las y los docentes, a partir de la contextualización de estrategias metodológicas, garantizarán la continuidad de las actividades educativas en cualquier tiempo y lugar en las instituciones, centros y planteles oficiales nacionales, estadales, municipales, entes descentralizados e instituciones educativas privadas.
En ese sentido, el Ministerio instruye reubicar a niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, de acuerdo a su nivel educativo, en la institución o centro educativo, independientemente de la entidad federal, municipio, parroquia o sector de procedencia del plantel de origen.
Así como atender y respetar los ritmos de aprendizaje de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos, adultas; consolidar 100% la evaluación del primer lapso, con registros valorados de forma flexible, continua y acumulativa.
Además, solicita cumplir en el segundo y tercer lapso con lo establecido en el cronograma de acciones específicas para la reprogramación de las actividades y garantizar el seguimiento y cumplimiento del cronograma de acciones específicas para la reprogramación de las actividades escolares y la evaluación institucional.
Las instituciones y centros educativos oficiales dependientes de los ejecutivos Nacional, estadal y municipal y de los entes descentralizados y las instituciones educativas privadas deben desarrollar programaciones especiales para la conmemoración del Bicentenario del 5 de julio de 1811, como efeméride fundamental para la Patria.
Los directores y directoras de las Zonas Educativas de las entidades federales antes señaladas deben tomar todas las medidas necesarias con el propósito de asegurar el cumplimiento de la reprogramación de las actividades escolares y mantener informado, en forma oportuna, veraz y permanentemente, al Despacho del viceministro o viceministra de Participación y Apoyo Académico.
Además, debe hacer del conocimiento a padres, madres, representantes y demás corresponsables de la educación del contenido de dicha resolución.
De acuerdo con la resolución, las actividades administrativas reiniciarán el 7 de enero próximo con la planificación de la reprogramación, el 10 de enero regresan los estudiantes a las aulas y se prevé que culminarán el 29 de julio de 2011. (AVN, 20.12.10)