EspacioPblicoRechazoalaimpunidad10diciembre2009La Alianza Sindical Independiente (ASI) organización afiliada a la Confederación Sindical de las Américas / CSA y a la Confederación Sindical Internacional /CSIquiere por este intermedio ratificar nuestro respaldo al Programa Venezolano de Educación y Acción en Derechos Humanos / PROVEA por su trabajo de acompañamiento institucional, transparente y solidario, en los procesos informativos, formativos y jurídicos que hemos desarrollado en conjunto por la defensa de nuestros derechos sindicales, individuales y colectivos en el trabajo y en la denuncia ante los órganos judiciales competentes del País.

PROVEA ha contribuido significativamente en la formación de nuestros dirigentes en materia de los Derechos Humanos y fundamentalmente en los que se refieren al Trabajo y a la Libertad Sindical y nos ha orientado con su experticia, para el ejercicio de nuestros reclamos ante las instancias jurídicas que nos garantizan nuestras leyes y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Este acompañamiento hizo posible que el 04.11.2013 presentáramos ante el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y la Seguridad Social, un derecho de petición solici­tando información sobre el Registro Nacional de Organizaciones Sindicales / RENOS, y fue decisivo el 12.12.2013 en la introducción ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de una demanda popular de in­constitucionalidad parcial contra el Decreto con rango, valor y fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (DLOTTT), junto con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente pretensión cautelar de suspensión de efectos, solicitando a la Sala declare la Nulidad Absoluta del artículo 365 último párrafo; artículos 367, 374, 375, 384, 387, 388, 389, 402, 403, 407, 415 y 426; y de la Disposición Transitoria Cuarta de la men­cionada Ley, publicada en la Gaceta Oficial Nº 6.076 Extraordinario, del 07.05.2012.

La solidaridad de PROVEA ha sido concluyente en estas acciones de justiciabilidad que en el ámbito nacional son obligatorias para evitar que normas legales tengan efectos e impactos tangibles sobre: La autonomía de las organizaciones sindicales; el reconocimiento del patrono Público y Privado a Organizaciones Sindicales legítimamente elegidas y constituidas por la voluntad de sus trabajadores/as afiliadas; el fuero sindical, la estabilidad laboral; el derecho a la contratación colectiva, a la huelga y el derecho Humano y Constitucional a la libertad sindical.

Esta posición de solidaridad y reconocimiento de nuestra organización hacia PROVEA, a sus conductores tanto de la Asamblea como a sus coordinadores de planta, sus trabajadores/as del equipo técnico, jurídico, administrativo y al trabajo colectivo; constituye de manera expresa un agradecimiento a la memoria del compromiso de PROVEA con su historia, al esfuerzo que continúan desarrollando todos los días en el medio de serias circunstancias y cuestionamientos desde los altos rangos del poder político que afectan la seguridad de su gente y al trabajo futuro que sin duda seguirán entregándole al país, a los venezolanos y a las venezolanas.

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