El Partido Comunista de Venezuela (PCV) salvó su voto sobre el proyecto de reforma de Partidos Políticos, que plantea la suspensión o inhabilitación de los diputados que cambien de bancada, es decir, que decidan defender un proyecto político contrario al que propusieron para conseguir votos.
El diputado Oscar Figuera, secretario general del PCV, argumentó que los comunistas se abstendrían de votar el referido proyecto debido a dos razones fundamentales:
«En primer lugar, este tipo de casos deben discutirse a los interno de la organización política a la que pertenezca ese diputado y, en segundo término, las sanciones deberían ser aplicadas por el pueblo que eligió al diputado, no por instituciones, y para eso existen mecanismos establecidos en la Constitución, como la revocatoria del mandato».
El artículo 72 de la Constitución dice que todos los cargos de elección popular son revocables, una vez transcurrida la mitad del período para el cual fueron elegidos y a solicitud de un número no menor del 20% de los electores inscritos en la correspondiente circunscripción.
En contraste, la presidenta de la AN, Cilia Flores, dijo que, de acuerdo con los parámetros del referendo revocatorio, un diputado debería esperar dos años y medio para ser revocado, mientras que por la vía de la reforma a la Ley de Partidos Políticos las sanciones pueden ser aplicadas con más prontitud.
«Nosotros consideramos que si un diputado presenta un proyecto para conseguir votos y luego se cambia de esa manera, pues está traicionando al pueblo que lo eligió. Eso es una oferta engañosa, una estafa, algo que incluso va más alla de la ética», precisó Cilia Flores.
Los parlamentarios que votaron a favor de este proyecto de reforma citan el artículo 66 de la Constitución, donde se establece que los diputados electos están obligados a rendir cuentas a sus electores, de acuerdo con el programa consignado ante el Consejo Nacional Electoral al momento de inscribir su candidatura.
El texto de la reforma propone que la sanción de suspensión o inhabilitación deberá ser solicitada por la ciudadanía o cualquier diputado que milite en el mismo grupo de opinión del diputado en cuestión.
La solicitud para la suspensión tendrá que ser sometida a votación de la plenaria legislativa, previa exposición de motivos, mientras que la inhabilitación será competencia de la Contraloría General de la República.
Como todo proyecto de ley, éste debe ir a una segunda discusión (artículo por artículo), antes de ser sancionado y aplicado.
16.12.2010 AVN