logo_CIDHDECLARACIÓN DE GUAYAQUIL

Guayaquil, 11 de marzo de 2013

Considerar la conveniencia de que la sede de la Comisión Americana de Derechos Humanos esté ubicada en un Estado parte de la Convención Americana de Derechos Humanos

Recordando:

Que el 5 de junio de 2012 la Asamblea General de la OEA, en su Cuadragésimo Período Ordinario de Sesiones, celebrado en Cochabamba, Bolivia, aprobó la Resolución AG/2761 (XLII-O/12), mediante la cual acogió el informe del Grupo de Trabajo de Reflexión sobre el Fortalecimiento de la Comisión Americana de Derechos Humanos y “encargó al Consejo Permanente que, sobre la base del Informe, formule propuestas para su aplicación en diálogo con todas las partes involucradas”, a más tardar en el primer trimestre de 2013.

Que el 29 de noviembre de 2012, los Estados Parte de la Convención Americana de Derechos Humanos, que son Miembros de UNASUR, tomaron la iniciativa de convocar una Conferencia de todos los Estados Parte, para que a través de un diálogo constructivo, se arribe a las reformas necesarias para el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos,

Considerando:

Que la adhesión y ratificación de la Convención Americana de Derechos Humanos y las declaraciones de aceptación de competencia de la Corte, son manifestaciones incontrovertibles del compromiso de los Estados con los ideales y principios que inspiran y animan la integridad del Sistema Interamericano de Derechos Humanos,

Que los Estados Parte deben asumir su responsabilidad sobre el Sistema Interamericano y adaptarlo a las exigencias que devienen de su evolución hacia formas más equitativas y transparentes de gestión.

Reconociendo:

Que la Comisión Americana de Derechos Humanos tuvo un importante rol en los procesos de democratización de la región y en la adecuada reparación de las víctimas de los regímenes dictatoriales, y continúa teniendo un importante rol en la consolidación del Estado de Derecho,

Que el Sistema Interamericano de Derechos Humanos requiere evolucionar acorde con la nueva realidad democrática, política, social e institucional de la región, ante lo cual es responsabilidad de los Estados orientar sus mecanismos a tal fin.

Que la Comisión Americana de Derechos Humanos ha hecho importantes esfuerzos para implementar las recomendaciones de la Asamblea General para el fortalecimiento del Sistema.

Los Estados Parte del Pacto de San José:

Declaran:

1. Insistir en la importancia del equilibrio entre los derechos y las obligaciones de los Estados que forman parte de la OEA. Frente a ello, acuerdan promover estímulos positivos para lograr la adhesión de todos los Estados miembros de la OEA al Pacto de San José. A tales efectos acordaron designar una delegación de cancilleres de los Estados Parte para que realicen gestiones directas con aquellos Estados que no son parte de la CADH. En este marco, propiciaremos que los miembros de la Comisión sean elegidos de entre los nacionales de los países que hayan ratificado la Convención.

2. Encomendar a la Comisión Americana de Derechos Humanos fortalecer los esfuerzos de promoción de los derechos humanos, mediante el apoyo a los sistemas nacionales.

3. Convocar a todos nuestros países como Estados Parte a asumir plenamente el financiamiento del Sistema, a través del presupuesto ordinario de la OEA y de las contribuciones voluntarias de los Estados miembros de la Organización. Asimismo, se podrán considerar contribuciones voluntarias no condicionadas ni direccionadas.

4. En función del principio de la indivisibilidad de los derechos humanos, proponer que todas las relatorías sean consideradas especiales y garantizar el financiamiento para el cabal cumplimiento de los fines de cada una de ellas.

5. Solicitar al Secretario General que presente un análisis detallado de los costos de funcionamiento de los órganos del SIDH.

6. Considerar la conveniencia de que la sede de la Comisión Americana de Derechos Humanos esté ubicada en un Estado parte de la Convención Americana de Derechos Humanos.

7. Dar continuidad a la convocatoria de esta Conferencia de Estados Parte de la Convención Americana de Derechos Humanos, como un espacio de diálogo permanente en este ámbito.

8. Encargar al Ecuador las coordinaciones necesarias para llevar a cabo la próxima Conferencia de Estados Parte y la configuración de la delegación de cancilleres para los efectos señalados en el numeral.

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