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Un grupo de adultos mayores provenientes de distintos estados del país y asistidos por el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) y el Comité de Derechos Humanos para la Defensa de los Pensionados, Jubilados y Adultos Mayores interpusieron este 29.09.2015 una demanda por la deficiente prestación del servicio del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) ante los juzgados de Municipio con competencia en lo contencioso administrativo del Área Metropolitana de Caracas.

En Venezuela existen alrededor de 200 mil personas afectadas por el retraso y el incumplimiento del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), de acuerdo a cifras del comité de DDHH para la defensa de los Pensionados. Se trata de mujeres y hombres que por largos años colaboraron con su fuerza de trabajo tanto en instituciones públicas como privadas al desarrollo del país y quienes han visto como después de cumplida la edad establecida en la ley de 60 años en caso de los hombres y de 55 años en el caso de las mujeres, y realizado las correspondientes cotizaciones para poder optar por la pensión por vejez, ésta no se les ha otorgado a pesar de haber acudido en distintas oportunidades al IVSS, entregado los requisitos que se les indica y hacerle seguimiento al trámite administrativo.

La abogada de Provea, Jessica Duhan explicó que la acción judicial interpuesta a favor de estos trabajadores, a quienes el Estado les niega su derecho a acceder a una pensión de vejez, es por “la omisión y retardo en la asignación de pensiones, hecho que viola el derecho a la seguridad social y el trato digno que debe dar el Estado venezolano a las personas adultas mayores generando en consecuencia la imposibilidad de gozar del derecho establecido en el artículo 80  de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”.

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Mireya Franco inició su carrera de aeromoza a los 19 años. Trabajó hasta la edad de 47 años en distintas empresas públicas y privadas de aviación. Sin embargo, el Estado no le reconoce el beneficio, alegando que las empresas fueron disueltas o están en mora. Como ella hay otros 33 personas que tienen hasta seis años esperando que el IVSS cumpla su obligación constitucional y les garantice plenamente su derecho humano a la seguridad social.

La actuación del IVSS también viola los derechos reconocidos en el articulo 9 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que indica: “Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tine así mismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad”.

El presidente nacional del Comité de DDHH para la Defensa de adultos mayores, Edgar Silva insistió que “no es responsabilidad del trabajador que el seguro social no haya fiscalizado a tiempo a las empresas y organismos que le adeudan y entraron en mora con el Seguros Social. A estos trabajadores se les descontó las cotizaciones y ahora el seguro social pretende que el trabajador, que es el débil jurídico, obligue a algún ministro, gobernador, alcalde o dueño de empresa privada que le pague la deuda para que este organismo pueda recibirle los papeles y procesar su pensión de vejez. No es responsabilidad, repito, del trabajador sino del seguro social o del organismo público o privado que descontó las cotizaciones y no las entrego al Seguro Social”. (Prensa Provea, 29.09.2015)

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