La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró «inejecutable» la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el caso de Leopoldo López, exalcalde de Chacao. El TSJ señaló que López «goza de los derechos políticos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por tratarse sólo de una inhabilitación administrativa y no política»

López, líder del partido político Voluntad Popular, había acudido a la CorteIDH pues consideraba que el Gobierno venezolano vulneró sus derechos políticos al inhabilitarlo. La CorteIDH falló a su favor y desde entonces López anunció su precandidatura para la las primarias de la Mesa de la Unidad Democrática, en las que se eligirá el candidato presidencial de esa organización.

Ahora, de acuerdo con el TSJ, López no podrá ejercer función pública hasta diciembre de 2014.

En la sentencia del TSJ se explica que «la inhabilitación administrativa difiere de la inhabilitación política, en tanto y en cuanto la primera de ellas sólo está dirigida a impedir temporalmente el ejercicio de la función pública, como un mecanismo de garantía de la ética pública y no le impide (a López) participar en cualquier evento político que se realice al interior de su partido o que convoque la llamada Mesa de la Unidad Democrática».

Leopoldo sí podría postularse

Según la opinión de la magistrada del Tribunal Supremo de Justicia, Blanca Rosa de Mármol, el precandidato López si podría postularse a la Presidencia de la República en 2012 y la decisión del TSJ no debería ser un impedimento pues Venezuela está obligada a acatar la sentencia de la CorteIDH según lo establece la Constitución.

Explicó que una inhabilitación para ser candidato sólo puede ocurrir cuando hay causa penal, y eso no pasa en el caso del exalcalde de Chacao. Para Rosa de Marmol la sanción que impuso la Contraloría a López no tiene validez, tal como lo señaló la CorteIDH.

Admitió que, en la práctica, puede resultar dificil que López participe en los comicios presidenciales. (Globovisión, 17.10.11)

De acuerdo al último Informe Anual de Provea, se señala que el Estado venezolano continuó incumpliendo las sentencias de la Corte IDH. Tal es el caso de las medidas provisionales dictadas por la Corte para proteger la vida e integridad física de los privados de libertad en las distintas cárceles del país.

Nota de prensa del TSJ  Sentencia

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