Hasta la sede Provea se acercó Germán Bermúdez, padre de un asistente de Tribunal en el estado Aragua, detenido por el CICPC sin orden de aprehensión, según lo relatado por el denunciante. A su hijo se le investiga por los delitos contemplados en la Ley Contra la Corrupción, contra la Fe Pública y contra la Administración de Justicia. Su padre denuncia que se ha violado el debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva.

Denuncia que en el Circuito Judicial Penal del Estado Aragua con sede en Maracay, se está haciendo uso indebido y en distintos supuestos de hecho, del criterio de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia

Resumen completo del caso:

Gerardo Bermúdez Sánchez, Asistente de Tribunal adscrito al Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, fue detenido por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (CICPC) en las oficinas del Presidente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Francisco Coggiola el día 8 de Agosto del 2012, según señalan sus familiares, sin que mediara una orden de aprehensión y sin estar cometiendo delito alguno.

Según relata Germán Bermúdez, denunciante y padre del detenido, mientras atendía sus actividades diarias, Gerardo Bermúdez fue llamado a acudir a la oficina de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en ese momento el Sr. Francisco Coggiola, Presidente del Circuito, le preguntó al ciudadano Bermúdez si había solicitado información respecto a un oficio que se encontraba en la Unidad de Alguacilazgo del Circuito, el Sr. Gerardo le informó que encontrándose él en la sala de atención del Alguacilazgo, ante una pregunta de un Abogado de la causa lo remitió al Alguacil que atendía en ese momento, indicándole “el abogado está preguntando por un oficio de traslado” para que el alguacil lo atendiera.

Inmediatamente el Sr. Gerardo Bermúdez fue detenido por la comisión del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, y trasladado a la sede de la Subdelegación Maracay del referido cuerpo policial, ordenándose la apertura de una investigación por delitos contemplados en la Ley Contra la Corrupción, contra la Fe Pública y contra la Administración de Justicia. Posteriormente es puesto a la orden de la Fiscalía 21° Auxiliar en Sala de Flagrancias adscrita a la Fiscalía Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, imputándosele los delitos de asociación para delinquir, corrupción propia y uso de documento público falso.

Luego en fecha 10 de agosto de 2012, se celebró la audiencia especial de presentación de imputados solicitada por la representación fiscal, correspondiendo el conocimiento de la causa al Juzgado 5° de Primera Instancia Penal en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En esa misma fecha, el Juzgado de la causa desestimó los alegatos de la defensa en cuanto a la no existencia de flagrancia, ni de orden de aprehensión para la detención del ciudadano Gerardo Bermúdez, y decretó la medida de privación judicial preventiva de libertad del ciudadano en mención, ordenando la detención en el Centro Penitenciario de Tocuyito en el Estado Carabobo.

El Sr. Germán Bermúdez denuncia que en la detención y en el procedimiento que se le sigue a su hijo Gerardo, se ha violado el debido proceso, el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva, toda vez que, según señala, al momento de su detención no mediaba orden de aprehensión, la detención se tiene como no flagrante, y no existían suficientes elementos de convicción, que a su juicio, ameritaran la decisión de privarlo de libertad en un centro de máxima seguridad como el Centro Penitenciario de Tocuyito. Asimismo, denuncia que en el Circuito Judicial Penal del Estado Aragua con sede en Maracay, se está haciendo uso indebido y en distintos supuestos de hecho, del criterio de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, que en ponencia de la Magistrada Deyanira Nieves contenida en la sentencia N° 457 del expediente AVO08-096 de fecha 11 de agosto de 2008, ordenó la reclusión de un individuo acusado de secuestro, sin llenarse los extremos requeridos en la Constitución Nacional y en la norma adjetiva penal, esto es, sin mediar orden de aprehensión ni flagrancia y en violación al principio de tutela judicial efectiva y debido proceso.

El Sr. Germán Bermúdez ha acudido a las instancias jurisdiccionales competentes, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General de la República, Inspectoría General de Tribunales, a denunciar lo que considera un atropello, sin embargo, asegura no haber obtenido respuesta de ninguno de estos organismos. Asimismo, el Colegio de Abogados del Estado Aragua publicó un comunicado en la prensa regional de este Estado, en fecha 10/09/2012 manifestando su preocupación con el caso del ciudadano Gerardo Bermúdez, señalando la arbitraria e irregular detención y exigiendo al Ministerio Público la protección de la vida, la integridad y los derechos fundamentales de su agremiado.

Denuncia Presidente Circuito Aragua

 

 

 

 

 

 

 

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *