logo_espaciopublicoEl 4 de diciembre de 2013 se publicó en Gaceta Oficial N° 6.118 Extraordinario la aprobación por parte de la Asamblea Nacional del Plan de la Patria, Segundo Plan Socialista de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2013-2019 que contiene elementos preocupantes que amenazan el derecho a la libertad de expresión.

Por una parte, el Plan de la Patria enuncia algunos principios a favor de la libertad de expresión, señala la importancia de que el pueblo esté informado veraz y oportunamente y del libre ejercicio de la información y comunicación[1]. Establece que se deberá garantizar el acceso oportuno y adecuado a las telecomunicaciones y a las tecnologías de información[2].

Asimismo, menciona en varias oportunidades la promoción de la contraloría social, lo cual empodera al pueblo del derecho de acceder a la información pública y de exigir a los funcionarios una gestión eficiente[3]. También promueve la puesta en marcha de la Televisión Digital Abierta (TDA)[4].

Vemos como este documento es contradictorio en lo que se refiere al derecho a la libertad de expresión y no persigue llevar a Venezuela a una real garantía de este derecho en la cual todas las voces puedan ser escuchadas independientemente de su condición política, nacional o partidista, sino limitar las mismas a los propósitos del gobierno

Sin embargo, el Plan de la Patria da un énfasis importante a la comunicación político partidista, lo cual dista de la comunicación libre y plural que nos establece la Constitución Nacional.

Así señala que se buscará “conformar un sistema de medios que contribuya a la organización sectorial para la defensa integral de la patria” con énfasis en producir contenidos con relevancia de los valores patrióticos y socialistas[5].

Otro ejemplo es el objetivo 2.3, el cual señala que “Alcanzar la soberanía plena, como garantía de irreversibilidad del proyecto bolivariano, es el propósito central del ejercicio del poder por parte del pueblo consciente y organizado. La gestación y desarrollo de nuevas instancias de participación popular dan cuenta de cómo la Revolución Bolivariana avanza consolidando la hegemonía y el control de la orientación política, social, económica y cultural de la nación”.

Además el Plan cuenta con términos imprecisos que dejan abierta la posibilidad para una interpretación discrecional y arbitraria sobre su significado. Así establece que se promoverá e impulsará un “sistema nacional de comunicación popular”[6]

Con respecto a los medios de comunicación, menciona que se buscará fortalecer Telesur, la Radio del Sur, cadenas alternativas informativas comunitarias y redes sociales, y la información producida por el ALBA y “países aliados del Sur”[7].

Promueve en general “conformar un nuevo orden comunicacional del Sur”, con el fin de “proyectar la verdad de los pueblos y romper el bloqueo informativo y la censura impuestas por las corporaciones transnacionales de la comunicación” y garantizar la información veraz “sin el filtro deformador de las grandes empresas de comunicación de las potencias imperialistas”[8].

Asimismo, señala como objetivo “llevar a niveles no vitales la conexión de Venezuela con las redes de comunicación e información dominadas por las potencias neocoloniales”[9].

Con respecto a la comunicación de hechos históricos venezolanos señala que se buscará “contrarrestar la producción y valorización de elementos culturales y relatos históricos generados desde la óptica neocolonial dominante, que circulan a través de los medios de comunicación e instituciones educativas y culturales”.

Finalmente, en cuanto al Sistema Internacional de Derechos Humanos, afirma el “llamado a la urgente y necesaria reforma del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por ser bastión altamente politizado del imperialismo estadounidense”[10]. Y señala como objetivo denunciar los tratados que limiten la soberanía nacional[11].

En este sentido vemos como este documento es contradictorio en lo que se refiere al derecho a la libertad de expresión y no persigue llevar a Venezuela a una real garantía de este derecho en la cual todas las voces puedan ser escuchadas independientemente de su condición política, nacional o partidista, sino limitar las mismas a los propósitos del gobierno. (Prensa Espacio Público)

[1] Plan de la Patria, Objetivo 1.1.5.1

[2] Plan de la Patria, Objetivo 1.5.1.5

[3] 2.1.4.6 / 2.3.4.3 / 2.4.2

[4] 4.1.9.6

[5] Plan de la Patria, Objetivo 1.1.5.9

[6] Plan de la Patria, Objetivo 1.1.5.4

[7] 4.1.9

[8] 4.3.2

[9] 4.4.2.3

[10] 4.3.4

[11] 4.4.1

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