El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia (MPPRIJ), Tarek El Aissami, señaló que el informe aprobado en días pasados por el Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, contiene recomendaciones para la implementación de medidas estratégicas y tácticas, orientadas a acelerar el proceso con el objetivo de que se realice en 3 meses. La autorización de dicho proceso fue publicada en Gaceta Oficial Nº39.644, difundida este miércoles.
De esta manera se deberá liquidar al personal policial en un período de tres meses y dentro de este período deberá reubicarse al personal administrativo, obrero y personal de asistencia médico-quirúrgicos, en las distintas dependencias del MPPRIJ.
Con fecha 18 de enero de 2008 mediante el Decreto N 5.814, publicado en Gaceta Oficial N 38.853, fue transferido a Ministerio de Relaciones Interiores la dirección, administración y funcionamiento de la PM, posteriormente con la promulgación de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana (PNB), en su disposición transitoria décima, se ordenó efectuar la liquidación de dicho cuerpo policial.
El jefe de la cartera de Interior y Justicia explicó que el presidente Chávez aprobó el monto de BsF. 369 millones para el pago de los pasivos laborales de los funcionarios de la PM.
Este presupuesto incluye a los 2.939 funcionarios que se retiraron antes del proceso de liquidación, desde 2008, y nunca cobraron sus prestaciones sociales. “A todos ellos se les reconocerá hasta el ultimo bolívar, también se le cancelará la deuda a los funcionarios que ya son parte de la Policía Nacional Bolivariana que vienen de la PM”, dijo.
El punto de cuenta aprobado por el Ejecutivo Nacional ordena desarrollar un plan de empleo dentro las dependencias del MPPRIJ para el personal policial que no sea jubilable, ni presente daño orgánico cerebral.
“Ya 45,8 %de los funcionarios y funcionarias de la PM han migrado a otras instituciones, incluyendo la Policía Nacional Bolivariana.
Igualmente se ordenó establecer las condiciones jurídicas de los activos y bienes de la institución para su liquidación y/o transferencias en un período de 3 meses a partir de la constitución de la referida junta.(MPPCI;31.03.2011)








