Considerando
Que en las recomendaciones de la UNESCO de 1997 sobre las condiciones del personal docente de la enseñanza superior se establece que “Los progresos de la enseñanza superior, la formación académica y la investigación dependen en gran medida de las infraestructuras y los recursos, tanto humanos como materiales, y de las calificaciones y el saber del profesorado de enseñanza superior, así como de sus cualidades humanas, pedagógicas y profesionales, respaldadas por la libertad académica, la responsabilidad profesional, la colegialidad y la autonomía institucional.”
Considerando
Que en las Observaciones Generales del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1999 se expresa sobre el derecho a la educación:
1. “La libertad académica comprende la libertad del individuo para expresar libremente sus opiniones sobre la institución o el sistema en el que trabaja, para desempeñar sus funciones sin discriminación ni miedo a la represión del Estado o cualquier otra institución, de participar en organismos académicos profesionales o representativos y de disfrutar de todos los derechos humanos reconocidos internacionalmente que se apliquen a los demás habitantes del mismo territorio.”
2. “Para el disfrute de la libertad académica es imprescindible la autonomía de las instituciones de enseñanza superior. La autonomía es el grado de autogobierno necesario para que sean eficaces las decisiones adoptadas por las instituciones de enseñanza superior con respecto a su labor académica, normas, gestión y actividades conexas.”
Considerando
Que el presupuesto asignado a la Universidad de Los Andes en el año 2016, sin incluir la inflación creciente de los primeros meses del año, sólo alcanza para cubrir actividades básicas de cuatro meses, situación que limita seriamente la investigación y la docencia mientras que las remuneraciones de todo el personal están lejos de permitir la adquisición de los productos de la canasta básica familiar y los programas de bienestar estudiantil han disminuido en cantidad y calidad.
Considerando
Que los gremios de obreros, empleados y profesores, así como los movimientos estudiantiles han ejercido acciones de protesta para intentar reivindicar derechos humanos consagrados en instrumentos internacionales suscritos por la República Bolivariana de Venezuela y que están previstos en la Constitución vigente.
Considerando
Que las acciones de protesta pacífica el día miércoles 11 de mayo en las adyacencias del edificio del Rectorado y el miércoles 18 de mayo en las adyacencias de la Facultad de Medicina de la ULA de la ciudad de Mérida, fueron respondidas con agresiones a la integridad física de trabajadores y estudiantes por parte de grupos paraestatales, así como con daños a las infraestructuras y vehículos, que son patrimonio universitario, frente a la mirada indiferente de los cuerpos de seguridad del Estado.
Considerando
Que se han proferido amenazas directas al ciudadano Rector de la universidad a través de escritos en paredes de edificaciones universitarias y otros espacios públicos de la ciudad de Mérida, aupadas por declaraciones de líderes políticos del partido de gobierno, mediante las que se señala al Rector de la Universidad de Los Andes como “el cabecilla de las acciones violentan suscitadas recientemente en la ciudad y en el estado” y al Consejo Universitario como “bunker, y desde allí dirigen plan desestabilizador”.
Considerando
Que los Estados están en la obligación de proteger, garantizar y promover el cumplimiento de los Derechos Humanos, entre otros, tienen la obligación de proteger a las instituciones de enseñanza superior de las amenazas que se presenten contra su autonomía, sea cual fuera su origen.
Considerando
Que se insiste desde el poder ejecutivo nacional en la criminalización de cualquier expresión de disidencia, crítica y protesta a la gestión pública, aún cuando lo natural en un sistema democrático es la pluralidad de pensamientos, la alternancia, la competencia política en igualdad de condiciones, la participación, la exigencia de rendición de cuentas y la no discriminación.
Acuerda
– Exhortar a las autoridades públicas regionales a servir como instrumentos de pacificación, actuando como mediadores ante las instancias nacionales competentes para que se garanticen los recursos materiales y financieros que permitan la labor universitaria, en un todo de acuerdo a las recomendaciones de la UNESCO ya mencionadas.
– Solicitar a la sede del Ministerio Público las investigaciones para determinar las responsabilidades en los daños patrimoniales a la Universidad de Los Andes y en las agresiones a manifestantes.
-Exhortar a los cuerpos de seguridad el control de grupos civiles que actúan como fuerzas de choque en las acciones de protesta pacífica de los gremios universitarios y de movimientos estudiantiles y velar por la protección y seguridad de todos los ciudadanos, incluyendo a aquellos que ejercen el derecho a la protesta.
– Rechazar categóricamente las amenazas a las autoridades universitarias y las acusaciones sin fundamento de líderes políticos, por cuanto violentan los principios de libertad académica y autonomía, además de que pretenden conculcar los derechos a la libertad de expresión, la manifestación pacífica y la participación en los asuntos de interés público, de los ciudadanos que hacen vida en la Universidad de Los Andes.
– Visibilizar ante los organismos de protección de derechos humanos en Venezuela y en el extranjero, los sucesos ocurridos con ocasión de las protestas por legítimos derechos en las diferentes sedes de la Universidad de Los Andes; la precaria situación financiera de las universidades venezolanas que impide el ejercicio de la labor académica; y la discriminación hacia los trabajadores universitarios cuyas remuneraciones son insuficientes para satisfacer sus necesidades más elementales.
En Mérida 26 de mayo de 2016