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Rafael Muci-Mendoza, presidente de la Academia Nacional de Medicina; Antonio Clemente Heimerdinger , ex – presidente de la Academia Nacional de Medicina; José Félix Oletta, Rafael Orihuela y Carlos Walter, exministros de Sanidad y Asistencia Social; María Yanes, presidente de la Red de Sociedades Científicas Médicas de Venezuela; Trina Navas y Enrique López Loyo ex – presidentes de la Red de Sociedades Científicas Médicas de Venezuela; Pedro Martínez Latuff y Gerardo Hernández Muñoz, ex – presidentes de la Sociedad Venezolana de Mastología; Jesús Felipe Parra, Cirujano Oncólogo e Individuo de Número de la Academia Nacional de Medicina ; Omar Arias, presidente de la Sociedad Venezolana de Protección Radiológica; Dinorah Figuera, Bernardo Guerra, Orlando Avila, Willian Barrientos, parlamentarios ante la Asamblea Nacional, entre otros, invitamos a los medios de comunicación social a acompañarnos, el día jueves 10 de octubre a las 11a.m., al acto de entrega de la Carta dirigida a la Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela donde solicitamos, con la urgencia del caso:

1. Realizar las acciones necesarias para establecer si, por acción u omisión, las conductas de la actual titular del Ministerio Popular para la Salud, Isabel Iturria y la anterior, Eugenia Sader, han sido la causa de que los equipos de radioterapia y medicina nuclear instalados en los servicios oncológicos de la RPNO no estén bajo “un programa de mantenimiento preventivo, revisiones periódicas y reparaciones en correspondencia con las recomendaciones del fabricante.

Para esto debe concertarse un acuerdo oportuno con el proveedor u otra entidad calificada, y ambas debidamente autorizadas por la autoridad competente”, lo que ha contribuido a menoscabar el libre y efectivo disfrute del derecho a la salud de los pacientes oncológicos, conforme al espíritu, propósito y razón de lo establecido en nuestra Constitución, los tratados, acuerdos y convenios internacionales, válidamente suscritos y ratificados por la República, y en la normativa vigente en materia de salud.

2. Inspeccionar los diferentes servicios oncológicos de la Red Pública Nacional Oncológica (RPNO), a fin de realizar un diagnóstico de la magnitud de las violaciones del derecho a la salud y a la vida de los pacientes que dejaron de recibir tratamiento oportuno a raíz de las situaciones descritas en la carta sometida a su consideración.

3. Interponer las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento de los daños y perjuicios que pudieran haber sufrido los pacientes que padecen cáncer con motivo del funcionamiento inadecuado de los servicios oncológicos de la RPNO.

4. Ejercer ante los tribunales competentes las acciones a que hubiere lugar con ocasión de la violación del derecho a la salud, por parte de funcionarios públicos, a los pacientes oncológicos que dejaron de recibir tratamiento oportuno a raíz de las situaciones descritas en la presente carta.

5. Instar al Consejo Moral Republicano y muy especialmente, a la Defensoría del Pueblo para que intente las acciones o recursos a que hubiere lugar contra los funcionarios públicos o funcionarias públicas, que resultaren responsables de la violación o menoscabo del derecho a la salud de los pacientes con cáncer, como consecuencia del funcionamiento inadecuado de los servicios oncológicos de la RPNO; y vele por el correcto funcionamiento de estos servicios, ampare y proteja los derechos e intereses de estos pacientes, contra errores cometidos en la prestación de los servicios mencionados, interponiendo cuando fuere procedente las acciones necesarias para exigir al Estado el resarcimiento a los pacientes citados de los daños y perjuicios que le sean ocasionados con motivo del mal funcionamiento de los servicios públicos señalados.

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