En vista de las enormes inquietudes surgidas por el artículo Seguro Social: Ocho meses de chance para completar cotizaciones tendrán los interesados desde el equipo de Exigibilidad de Provea ofrece una orientación sobre el tema abordado por la nota.
La Gaceta Oficial Nº 39.414, publicó el decreto Nº 7.401, que establece el programa excepcional y temporal para otorgar pensión de vejez a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), cumpliendo las siguientes condiciones:
- para hombres mayores de 60 años de edad y para mujeres 55 años de edad en condición de cesantía; deberán manifestar su voluntad en cualquiera de las oficinas regionales del IVSS o en los espacio que habilite la el Instituto para tales efectos.
- las personas que cumplan con el requisito del punto 1, y tengan acumuladas 700 o más cotizaciones no deberá realizar ningún pago;
- La personas que cumplan con el requisito del punto 1, y tengan acumuladas menos de 700 cotizaciones deben completar hasta llegar 750 cotizaciones a razón de 16,90 bs., por cada una.
Ejemplos:
1.- un hombre de 60 años de edad que posee 22 cotizaciones, debe:
- Manifestar su voluntad ante el IVSS
- Llevar la hoja de cálculo (se puede obtener por internet: http://www.ivss.gov.ve/ o en las oficinas del seguro social)
- Llenar la planilla y pagas todas la cotizaciones restantes para alcanzar las 750 a razón de 16,90.
2.- una mujer mayor de 55 que posee 700 cotizaciones, debe:
- Manifestar su voluntad ante el IVSS
- Llevar la hoja de cálculo (se puede obtener por internet: http://www.ivss.gov.ve/ o en las oficinas del seguro social)
- Solicitar el beneficio de pensión de vejez
En el portal de internet del seguro social también suministra información al respecto. para consultar la información haga clic AQUÍ