El 29.06.94, luego de 35 años, 5 meses y 14 días de trabajo ininterrumpido para el Ministerio de Agricultura y Cría (MAC), el ciudadano Francesco Gulino presentó su solicitud de egreso al organismo, acogiéndose a las Cláusulas 27 y 45 del Contrato Colectivo vigente para la época del egreso.
Sin embargo, en tal egreso, el MAC omitió otorgar al Sr.Gulino el beneficio de la jubilación y, por el contrario, procedió a retirarlo cuando aún cumplía con creces los requisitos para ser jubilado de oficio, cancelándole únicamente prestaciones sociales dobles y omitiendo por completo las disposiciones del contrato colectivo vigente desde 1992.
Luego de exponer su caso ante el Ministerio de Producción y Comercio (MPC), la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral de la Asamblea Nacional (AN) y la Defensoría del Pueblo (DP), sin obtener respuesta, el Sr. Gulino acude al Ministerio de Agricultura y Tierras (MAT), cuya Dirección General de la Oficina de Recursos Humanos emite el 15.11.02 un acto administrativo en el cual niega el beneficio de jubilación al Sr. Gulino.
El 20.11.03, Provea, en representación del Sr. Gulino, solicitó a la Dirección General de la Oficina de Recursos Humanos del MAT declarar la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del acto administrativo mediante el cual negó el beneficio de jubilación al Sr. Gulino.
Como consecuencia de la falta de respuesta de este recurso de autotutela introducido por Provea, la organización dirigiró una solicitud de declaratoria de nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de dicho acto administrativo, a través de un recurso jerárquico. Esta acción se efectuó en febrero de 2004 ante el despacho del titular del MAT, para ese entonces, Arnoldo Márquez, quien tampoco atendió a esta acción.
Por esta razón, Provea interpuso el 15.09.04 una acción de nulidad ante la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), mediante el cual demandó la inconstitucionalidad e ilegalidad del mencionado acto administrativo.
Documentos relacionados con este caso:
– Recurso de Autotutela introducido ante la Dirección General de la Oficina de Recursos Humanos del MAT.
– Recurso Jerárquico antepuesto ante el titular del MAT.
– Recurso de Nulidad interpuesto ante la Sala Político Administrativa del TSJ