Se trata de la acción jurídica efectuada por Provea en abril de 2003 a favor de un pronunciamiento del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) sobre la inconstitucionalidad de la omisión en que incurrió la Asamblea Nacional (AN), al promulgar la Ley Orgánica de Sistemas de Seguridad Social (LOSSS) sin que estableciera un régimen transitorio que regulara el Régimen Prestacional de Empleo.
Transcurridos casi 2 años de esta medida, el 02.03.05 la Sala Constitucional del TSJ declaró la inconstitucionalidad de la omisión de la AN y le ordenó que, en un plazo máximo de 3 meses, prepare, discuta y sancione una ley sobre la referida materia y adapte las regulaciones constitucionales en materia de seguridad social y trabajo, o en su defecto, un régimen transitorio que solvente la situación lesiva al derecho constitucional a la seguridad social.
A pesar de la larga espera a la que el TSJ sometió su decisión, Provea valora positivamente la jurisprudencia que asienta el fallo a favor de la doctrina de los derechos humanos y de la protección de los DESC, al observar que la omisión de la AN impedía el eficiente ejercicio de derechos fundamentales, especialmente del derecho a la seguridad social.
Notas relacionadas con este caso:
– Provea señala inconstitucionalidad en aplicación de la LOSSS (25.04.03)
– Provea celebra dictamen del TSJ que ordena a AN restituir paro forzoso (10.03.05)
Documentos vinculados con este caso:
– Demanda interpuesta por Provea ante TSJ.
– Sentencia definitiva de la Sala Constitucional del TSJ
NESECITO SABER CUANDO DEPOCITAN EL LISTADO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2009, ME `PARECE INRRESPONSABLE EL TIEMPO QUE LLEVO ESPERANDO.