Ante el fracasado proceso gubernamental de demarcación del territorio del pueblo Yukpa (2004-2010) y la ocupación sostenida de haciendas por parte de varias comunidades Yukpa alientan a los operadores hoy presentes en este amañado juicio a buscar una salida violenta a partir de la criminalización del cacique Sabino de la comunidad Chaktapa, la división de las comunidades vecinas del Yaza y sus caciques. La salida prevista consistís en su detención o muerte. La misma historia de hace 500 años.
Gobierno y ganaderos de GADEMA continúan hoy con la estrategia de condenarlo a como dé lugar en el juicio que se realiza todos los martes en la Sala 2 del Circuito Judicial Penal de Trujillo a cargo del Juez Antonio Moreno Matheus. Juicio modelo de un sicariato judicial ya que sólo se busca a priori desde su inicio en La Villa del Rosario la condena de Sabino y Alexander. El objetivo es lograr a través del Castigo Ejemplar paralizar las ocupaciones de haciendas como idónea manera desde hace más de 30 años del pueblo Yukpa de recuperar su territorio invadido por estos mismos ganaderos.
El recusado Abogado Víctor Valbuena (quien mantiene aún engavetado en la Fiscalía 40 de Maracaibo el expediente de la muerte del padre de Sabino a manos de los ganaderos, según testigos indígenas familiares) con seis Fiscales del Ministerio Público monta con toda la mala intención un mamotreto de expediente a partir de un 90% de testimonios de una sola familia recogidos por funcionarios del CICPC que torturaron a Alexander Fernández para que se auto culpara de haber asesinado a Ever por orden de Sabino.
Hoy pretenden simular su condena con pruebas nulas y viciadas como la cadena de custodia del ATD de Alexander Fernández y con nuevas extrañas versiones de testigos compuestos por el abogado de los ganaderos cuyos testimonios en el juicio oral entran en abierta contradicción con la planimetría levantada por el CICPC y con lo afirmado hoy por los mismos testigos durante los interrogatorios inmediatos realizado los días 14 y 19 de octubre por el CICPC luego de a los acontecimientos del martes 13/10/2009; que obliga al Juez Moreno Matheus a permitir la reconstrucción de los hechos exigida por la defensa de Sabino y Alexander.
Hay suficientes elementos en las actas de Trujillo y en el expediente todo (24-F20-1154-09) para demostrar que estas supuestas pruebas recogidas por el CICPC y presentadas por el Ministerio Públicos son un vulgar montaje, así como la anterior criminalización contra Sabino y su posterior agresión para eliminarlo.
Ante la posible libertad de Sabino, el extraño comportamiento del director de la cárcel y las últimas agresiones físicas y verbales habidas en su contra, hoy se teme que su muerte está encargada ya al interior de la Cárcel Nacional de Trujillo donde los operadores del Gobierno usando al TSJ a través del Magistrado Eladio Ramón Aponte Aponte lo enviaron el 21 de julio del año pasado, el mismo día del inicio de la toma por 10 días de dicho supremo tribunal por las familias de los tres Yukpa imputados para que se pronunciara sobre la aplicación o no en Venezuela de la Justicia Especial Indígena exigida por los abogados defensores de Sabino y Alexander hacia cuatro meses.
Esta fue otra de las razones de la protesta frente a la cárcel el día de la segunda marcha, la permanencia de los familiares en la ciudad de Trujillo y en la cárcel desde ese día hasta la próxima audiencia de este martes 15 de febrero, y de la nueva marcha a realizarse el martes 22.
Responsabilizamos al Gobierno nacional del Presidente Hugo Chávez Fría de cualquier acontecimiento atentatorio contra la vida de Sabino o Alexander al interior de la cárcel de Trujillo, ya que suficientes diligencias se han realizado ante la dirección de la cárcel por familiares, por Francisco Prada y Laura Carmona de Prada representantes del Comité de Solidaridad por las Luchas de los Pueblos Indígenas- Trujillo, por la Sociedad Homo et Natura, por los abogados defensores, por el propio Juez Moreno Matheus, y por el Hermano Jesuita José María Korta en audiencia con el Vicepresidente de la República Elías Jagua y en documento y Carta Pública dirigidas al Presidente Chávez. Sabino y Alexander deben ser trasladado de inmediato al CORE 3 de la Guardia Nacional de Maracaibo donde se construyó desde agosto de 2010 un lugar más seguro y apropiado. Chávez tiene la palabra.
De esta manera el Gobierno y el Estado nacional marca distancia y viola la Constitución en su artículo 260, la LOPCI, el Convenio 169 firmado con la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, de la cual la República Bolivariana de Venezuela es Estado parte.
Fuente: aporrea.org
15.02.2011