Cuando se cumple un nuevo 12 de octubre, calificado como el “Día de la Resistencia Indígena”, el Programa Venezolano de Educación – Acción en Derechos Humanos (Provea) desea visibilizar el estancamiento de los derechos indígenas establecidos en el Capítulo VIII de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
El artículo 119 de la CRBV, que señala la obligación del Ejecutivo Nacional en demarcar y garantizar el derecho a la propiedad colectiva de sus tierras, ha sido incumplido en su totalidad.
La disposición transitoria décimo segunda colocaba como plazo dos años para el proceso de demarcación, y hasta la fecha de hoy menos del 5% del territorio de las comunidades aborígenes ha sido demarcado y entregado a sus propietarios.
La ausencia de garantías en el derecho a la tierra indígena ha sido origen de conflictos en diferentes zonas del país, especialmente en el estado Zulia.
Provea denunció que durante el 2012 fueron asesinados 06 indígenas yukpas por conflictos relacionados con la tenencia de tierras. El 03.05.13 fue asesinado el cacique yukpa Sabino Romero quien había protagonizado diferentes acciones de exigibilidad de derechos para presionar por la demarcación del hábitat indígena y rechazar la explotación de minerales en sus territorios.
A pesar que las autoridades han mostrado celeridad en la captura y enjuiciamiento a los presuntos autores materiales, organizaciones sociales del estado Zulia han expresado sus dudas sobre la transparencia de la investigación así como la falta de voluntad política para sancionar a los autores intelectuales del crimen.
El gobierno del presidente Maduro ha prometido aumentar la producción de crudo y gas para el año 2019, según el llamado “Programa de la Patria 2013-2019” entre otros recursos naturales a explotar.
Sin embargo, muchos de los yacimientos a desarrollar se encuentran sobre territorios indígenas sin que se hayan tomado las previsiones presentes en el artículo 120 de la CRBV acerca del ejercicio del derecho a la consulta previa, libre e informada como requisito previo para el aprovechamiento de los recursos naturales en los hábitats indígenas por parte del Estado.
En este sentido la profundización de una economía de tipo extractiva en el país se realiza sin la atenuación de los impactos sociales y ambientales que genera.
En el caso de la minería hay problemas adicionales, como la presencia de los llamados garimpeiros y las denuncias de la participación de funcionarios militares.
La Coordinadora de Organizaciones Indígenas de Amazonas (COIAM) ha dicho que “La entrada de garimpeiros a territorio venezolano ha sido constante y cíclica, y frente a esta situación, las respuestas del Estado venezolano en términos de acciones efectivas para controlar la presencia sistemática de los mineros ilegales de Brasil en tierras Yanomami, han sido bastante deficientes, poco estructuradas y sin obedecer a planes específicos”.
Por otro lado, comunidades pemonas de la Gran Sabana en dos oportunidades desarmaron a funcionarios militares que realizaban actividades de minería ilegal. Los indígenas también denunciaron maltratos por parte de los militares contra las comunidades.
Otra de las violaciones la constituye la presencia de enfermedades que vulneran el derecho a la salud de las comunidades aborígenes, derecho garantizado en el artículo 122 de la CRBV.
Provea ha venido alertando como, debido a la ausencia de campañas de vacunación y jornadas de orientación en las comunidades, aunado a la descoordinación y desorganización interinstitucional, periódicamente se denuncian epidemias de enfermedades como malaria, hepatitis B, VIH, influenza tipo B, tuberculosis y tétanos, entre otras.
El Pueblo Yanomami, por ejemplo, sigue desatendido a pesar de existir un Plan de Salud Yanomami.
También se ha denunciado los casos de miembros de etnias contaminados por mercurio, así como los nacimientos de niños indígenas con enfermedades congénitas producto de la actividad minera.
En noviembre de 2012 la Fundación La Salle, la Universidad de Oriente y la Sociedad para la Conservación de la Vida Silvestre divulgaron los resultados de un estudio que reflejaba que el 92% de las mujeres indígenas de la muestra estaban contaminadas con mercurio, en niveles superiores a los mínimos establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Frente a estos hechos algunos pueblos indígenas han levantado su voz y la respuesta del Estado ha sido abrir juicios penales en la justicia militar.
Un ejemplo es el caso de los cinco capitanes Pemones actualmente procesados en los tribunales militares del estado Bolívar.
Ante las anteriores situaciones Provea propone a los poderes públicos:
– Avanzar en los procesos de demarcación de territorios indígenas, tal como lo establece la CRBV y la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas (LOPCI).
– Dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 260 de la CRBV y Título VII de la LOPCI, que reconocen la existencia de la jurisdicción indígena para la aplicación de instancia de justicia en sus hábitats con base a sus tradiciones ancestrales.
– Realizar estudios transparentes de impacto ambiental para medir el grado de contaminación generada por la actividad extractiva en territorios indígenas, haciendo público sus resultados como base para el ejercicio del derecho a la consulta previa, libre e informada de las comunidades originarias de los proyectos a desarrollarse en su territorio.
– Implementar programas orientados a mejorar la calidad de vida de los pueblos indígenas, propiciando el protagonismo de las comunidades en el desarrollo de una política que trascienda el asistencialismo, abordando estructuralmente los problemas de salud, educación y alimentación.
– Investigar y sancionar de manera transparente, expedita y apegada al estado de derecho los asesinatos de indígenas en el contexto de conflictos relacionados a la tenencia de tierras.
– Cumplir con el Acuerdo Amistoso suscrito en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para desarrollar un Plan de Salud para el pueblo yanomami y garantizar la salvaguarda de su territorio de minería ilegal.
– Conceder libertad plena a los capitanes indígenas procesados injustamente en tribunales militares.