Human Rights Foundation

Trinidad Jiménez García-Herrera

Ministra de Asuntos Exteriores y Cooperación de España

Excelentísima Señora Ministra:

La Human Rights Foundation (HRF) se dirige respetuosamente a usted, en su calidad de Ministra de Asuntos Exteriores y Cooperación de España, para expresarle nuestra preocupación por sus declaraciones de 2 y 16 de noviembre de 2010 sobre la inexistencia de presos políticos en Venezuela, para  presentarle como ejemplo el caso de Rubén González, dirigente sindical y prisionero de conciencia del gobierno de Venezuela, y para informarle brevemente sobre la situación de los derechos humanos en ese país.

En fecha 2 de noviembre de 2010, en el Senado español, usted dijo:

…a diferencia de lo que ocurre con otros países, las organizaciones internacionales de derechos humanos, en concreto Amnistía Internacional o Human Rights Watch, no tienen catalogado como preso político a ningún preso en Venezuela. Existen presos por causas penales, acusados de haber participado en el golpe de Estado del año 2002 o por posible corrupción, que son considerados como presos políticos por parte de algunos partidos políticos de la oposición venezolana; pero no por estas organizaciones, que son organizaciones de derechos humanos, cuyo criterio es el que sí hemos utilizado para tratar sobre derechos humanos en el caso de otros países.

La HRF cataloga a Rubén González como prisionero de conciencia del gobierno de Venezuela. La declaratoria de prisionero de conciencia a cargo de la HRF fue realizada el 21 de enero del año en curso como consecuencia de las conclusiones de su informe jurídico sobre el caso de Rubén González, el cual se encuentra adjunto a esta misiva. El informe jurídico de la HRF concluye que el dirigente sindical Rubén González fue acusado, detenido, encarcelado y juzgado exclusivamente por haber ejercido su derecho a la libertad sindical en Venezuela. Entre el 12 y el 26 de agosto de 2009, González lideró una huelga pacífica de los trabajadores de la empresa estatal Ferrominera, en reclamo del incumplimiento de la convención colectiva firmada el 5 de enero de 2009.  Como consecuencia de esta huelga de 15 días, González fue acusado de haber cometido los delitos de agavillamiento, restricción a la libertad del trabajo, violación a las zonas de seguridad, e instigación pública a delinquir.

La múltiple acusación y la apertura de un juicio penal contra Rubén González son iolatorias de la Ley Orgánica del Trabajo que reconoce los fines legítimos de las actividades sindicales y la huelga de trabajadores, y del Código Orgánico Procesal Penal que establece los requisitos mínimos para la admisión de una causa penal. Estas acciones a cargo del fiscal y la jueza que impulsan la causa penal de Rubén González también violan el estándar internacional de la libertad de asociación en materia laboral, según el cual las represalias contra un trabajador por el ejercicio legítimo del derecho de huelga constituyen una violación de la libertad sindical, amparada por el art. 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

El 19 de noviembre de 2010, el Comité de Libertad Sindical de la Organización

Internacional del Trabajo (OIT) determinó igualmente “que los hechos imputados contra este dirigente sindical no justifican su detención provisional o arresto domiciliario desde septiembre de 2009”, y pidió al Estado venezolano “que se le libere sin demora en espera de la sentencia y que sea debidamente indemnizado por los daños y perjuicios sufridos”. El 19 de enero del año en curso, Thomas R. Donahue, ex presidente y actual presidente honorario de la Federación Americana del Trabajo-Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en inglés), y presidente del directorio del Comité para la Libertad Sindical (CFTU, por sus siglas en inglés) emitió un comunicado a través del cual “se une a la protesta de la HRF” y pide al Estado venezolano “dejar de burlarse de su propio sistema judicial y liberar a Rubén González”.

El caso de Rubén González es emblemático de la situación de amedrentamiento y persecución judicial que viven miles de trabajadores y miembros de la sociedad civil en Venezuela. Según el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), en los últimos cinco años se registraron más de 2,240 personas —entre trabajadores, campesinos y estudiantes— sometidas a procesos penales por ejercer sus derechos a la libertad de expresión y a la libertad de asociación pacífica. Frente a esta situación, el 30 de diciembre de 2009 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determinó que “en Venezuela la respuesta institucional a las manifestaciones pacíficas se ha caracterizado por la criminalización de la protesta social a través de la persecución penal a las personas involucradas” y exhortó “al Estado [venezolano] a abstenerse de someter a procesos judiciales a dirigentes sindicales que de manera legítima y pacífica ejercen [el] derecho [de huelga]”.

Rubén González no es el primero ni el único prisionero de conciencia en Venezuela. Hace apenas nueve meses, la HRF declaró al ex gobernador de Zulia y ex candidato presidencial Oswaldo Álvarez Paz, prisionero de conciencia del presidente Hugo Chávez, luego de que un informe exhaustivo determinara que fue encarcelado, únicamente, por haber expresado opiniones críticas contra el presidente Chávez y su gobierno. Por su parte, el caso de Rubén González es el séptimo que la HRF tiene documentado a través de su proyecto Caracas Nine (www.CaracasNine.com), el cual tiene como finalidad dar a conocer al mundo los casos de personas con credenciales intachables que han sido víctimas de acoso, persecución judicial o encarcelamiento por expresar opiniones críticas o ejercer sus derechos humanos contra la voluntad del gobierno venezolano.

El Caracas Nine número 1 es Francisco Usón, un oficial retirado del ejército que fue encarcelado y sentenciado a cinco años y medio en prisión por comentar públicamente acerca de la posibilidad de violaciones de derechos humanos en cárceles militares venezolanas. Usón pasó tres años y siete meses en la cárcel, antes de lograr la libertad condicional. El Caracas Nine número 2 es Yon Goicoechea, un dirigente estudiantil que fue objeto de múltiples ataques y amenazas por protestar pacíficamente contra la erosión de la democracia y la violación de los derechos humanos en Venezuela. Goicoechea lideró el movimiento de estudiantes que hizo campaña contra la reforma constitucional de 2007.

El Caracas Nine número 3 es Alberto Federico Ravell, ex director de Globovisión. Su caso representa la situación que viven cientos de trabajadores de medios de comunicación social en Venezuela que, por sostener una línea editorial independiente al gobierno, son víctimas de constantes ataques e intimidaciones. En 2008, la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado venezolano por el incumplimiento de su obligación de garantizar la libertad de buscar, recibir y difundir información y el derecho a la integridad personal de un grupo de trabajadores de Globovisión.

El Caracas Nine número 4 es Marta Colomina, una periodista independiente que ha sido víctima de intimidaciones, amenazas y agresiones por sostener una opinión independiente al gobierno de Venezuela. El Caracas Nine número 5 es Humberto Quintero, un teniente coronel que en 2005 fue detenido, torturado, y sentenciado a 3 años y 8 meses en prisión por supuestamente haber capturado al líder terrorista de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) Ricardo González, alias Rodrigo Granda. Quintero fue finalmente liberado en mayo de 2009 luego de pasar más de 4 años en prisión. El Caracas Nine número 6 es Gustavo Azócar, un periodista y profesor universitario que, desde el año 2000, fue objeto de una persecución judicial debido a su posición crítica hacia el gobierno del presidente Hugo Chávez. Luego de un largo proceso penal plagado de violaciones a sus derechos fundamentales y casi 8 meses en prisión, en marzo de 2010 Azócar fue inhabilitado políticamente y condenado a dos años y seis meses de cárcel. Actualmente, Azócar se encuentra cumpliendo su condena en libertad condicional. Los siete Caracas Nine documentados hasta la fecha son casos emblemáticos de los abusos a los derechos humanos que miles de personas padecen en Venezuela. De los Caracas Nine, actualmente sólo Rubén González se encuentra en prisión. Sin embargo, todos ellos continúan sujetos a algún tipo de acoso o medida restrictiva de la libertad personal. Por ejemplo, luego de pasar casi dos meses en la cárcel, el prisionero de conciencia Oswaldo Álvarez Paz se encuentra prohibido de opinar públicamente sobre su caso, mientras que enfrenta un proceso penal que podría culminar en una condena de hasta 16 años. Como ha ocurrido en casos anteriores, el caso de Francisco Usón culminó en un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CtIDH) que ratificó las violaciones de derechos humanos documentadas por la HRF, al establecer que el Estado venezolano violó sus derechos a la libertad de pensamiento y de expresión, a las garantías judiciales, a la protección judicial y a la libertad personal, entre otros derechos humanos. Sin embargo, el Estado venezolano no solamente que se ha rehusado a cumplir este y anteriores fallos de la CtIDH, sino que el Tribunal Supremo de Justicia de ese país ―conformado en su mayoría por funcionarios partidarios del régimen de Hugo Chávez― ha llegado a pedir al gobierno que “proceda a denunciar” la Convención Americana sobre Derechos Humanos, “ante la evidente usurpación de funciones en que ha incurrido la Corte Interamericana”.

Venezuela es el único Estado del continente americano, además de Cuba, que no permite el ingreso físico de ningún funcionario de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), y que la considera una institución “golpista”. Sin embargo, el gobierno venezolano no solamente impide el ingreso de la CIDH, sino que, en fecha 18 de septiembre de 2008, expulsó a José Miguel Vivanco, director de la división de las Américas de Human Rights Watch (HRW). Luego de aquella situación, y posteriores declaraciones en contra de HRW por parte del ex-presidente de Colombia, Álvaro Uribe, la HRF salió en defensa de Vivanco:

…la HRF está segura de que HRW es una organización de derechos humanos que ha venido defendiendo los derechos humanos de personas en la mayoría de los países de este continente con convicción, escrúpulos, ética, y dentro de un marco de seriedad y transparencia. Gran parte de este mérito es debido a José Miguel Vivanco que, de manera muy profesional, imparcial e infatigable, lucha por la vigencia de los derechos humanos en el mundo. Así, por ejemplo, la labor de la HRW en América Latina, bajo la dirección del Sr. Vivanco, ha sido siempre oportuna en investigar y denunciar las violaciones de los derechos humanos con ecuanimidad venga del gobierno que venga, sin mirar ideología ni los fines que persiguen, sino bajo el único norte de promover la vigencia de los derechos e identificar a sus violadores.

A propósito de las organizaciones HRW y Amnistía Internacional (AI), usted dijo en el Senado de España que éstas “no tienen catalogado como preso político a ningún preso en Venezuela”. Si bien parece ser cierto que ni HRW ni AI hasta ahora han designado como tal a ningún “prisionero de conciencia” venezolano, ambas organizaciones sí han publicado diversos informes y comunicados de prensa en los que denuncian casos de personas perseguidas y encarceladas únicamente por haber ejercido sus derechos humanos de manera pacífica. Por ejemplo, en sendos comunicados, HRW y AI: (1) han instado al Estado venezolano a “dejar de perseguir a las personas que critican al gobierno” (AI, 31 de marzo de 2010); (2) han exigido la liberación de Oswaldo Álvarez Paz por haber sido “encarcelado por criticar al gobierno de Chávez durante un programa de televisión”

(HRW, 25 de marzo de 2010); (3) han denunciado que “varias personas están siendo procesadas o han sido condenadas por criticar al gobierno” (el comunicado hace referencia a los casos de Francisco Pérez, un periodista “condenado por publicar un artículo acusando al alcalde de Valencia” por nepotismo, de Oswaldo Álvarez Paz, “acusado por criticar al gobierno de Chávez durante una entrevista televisiva”, y de Guillermo Zuloaga, presidente de Globovisión, “investigado por criticar a Chávez en declaraciones públicas”.) (HRW, 21 de julio de 2010); y (4) han declarado que Oswaldo Álvarez Paz, María Lourdes Afiuni, Richard Blanco, Guillermo Zuloaga y Wilmer Azuaje enfrentan cargos en su contra “de motivación política, y [que éstos] son un intento por silenciar a quienes critican al gobierno venezolano” (AI, 1 de abril de 2010).

Por otra parte, la declaración que usted realizó sobre el caso de la jueza Afiuni es también incorrecta. Según usted, “la señora Afiuni liberó a una persona que estaba implicada en el golpe de Estado y, aplicando la legislación vigente en Venezuela. Esta cuestión se resolvió conforme a la legislación vigente en Venezuela”. Lo cierto es que la jueza Afiuni fue detenida inmediatamente después de decretar la libertad condicional del Sr. Eligio Cedeño, un empresario acusado de fraude bancario que había permanecido casi tres años en prisión preventiva, superando así el máximo de 2 años previsto por la legislación venezolana. El fallo de la jueza Afiuni vino luego de que la detención de Cedeño fuera declarada arbitraria por el Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La propia detención de la jueza Afiuni ha sido declarada ya arbitraria por este órgano de expertos en derechos humanos.

En la actualidad, la HRF continúa investigando el caso de la jueza Afiuni para considerar su adopción como el caso número 8 de los Caracas Nine. Como hemos dicho arriba, la declaratoria de “prisionero de conciencia” a cargo de la HRF, es siempre consecuencia de un informe legal exhaustivo dirigido a determinar con exactitud si el caso en cuestión corresponde a una víctima perseguida y encarcelada únicamente por haber ejercido sus derechos humanos a la libertad de expresión o libertad de asociación.

Ministra Trinidad Jiménez, sus declaraciones del 2 de noviembre, ratificadas el 16 del mismo mes, en relación a la inexistencia de presos políticos en Venezuela, sugieren que usted ignora la grave situación de los derechos humanos en ese país. La HRF considera que sus afirmaciones tienen el dañino efecto de confundir a la opinión pública de su país e Hispanoamérica en relación a la situación de los derechos humanos en Venezuela. Asimismo, declaraciones como las suyas son especialmente preocupantes porque pueden ser usadas por los gobiernos represores de derechos humanos para desprestigiar la labor tanto de las organizaciones internacionales de los derechos humanos, como de los defensores de derechos humanos que día a día arriesgan su libertad en sus propios países.

Entre sus declaraciones usted afirmó que “el Gobierno de España ha hecho de la defensa de los derechos humanos una de sus prioridades de política exterior, y la liberación de los presos políticos constituye un compromiso inequívoco en nuestras relaciones, tanto bilaterales como multilaterales”. Por esta razón, la HRF respetuosamente le insta a cumplir con las prioridades de la política exterior española, rectificar sus declaraciones y ejercer sus buenos oficios para la liberación de Rubén González.

Atentamente,

Thor Halvorssen

Presidente

Javier El-Hage

Director Jurídico

Lea la carta en el sitio de HRF aquí.

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