El Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) informa que la Inspectoría del Trabajo del Municipio Libertador admitió el viernes 28 de mayo los amparos solicitados por 10 de los 11 trabajadores del diario El Universal, quienes fueron injustamente despedidos el pasado 9 de abril.
De tal manera, el órgano laboral es competente para ejecutar las órdenes de reenganche y de pagos de los salarios caídos a los trabajadores beneficiarios de las medidas autorizadas.
La decisión del órgano laboral se ciñe a lo estipulado en el artículo 87 de la Constitución Nacional y en los artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica del Trabajo, los cuales establecen el derecho al trabajo.
Las decisiones emitidas por la Inspectoría del Trabajo a favor de los afectados indican que los trabajadores se encontraban amparados por la inamovilidad laboral prevista en el artículo 506 de la LOT, pues se les impidió seguir laborando en su sitio de trabajo, y aduce que con la admisión de estos amparos se cumple con lo establecido en las normas laborales venezolanas.
El SNTP, haciendo uso de los mecanismos que brinda la Ley Orgánica del Trabajo, acompañó a los trabajadores afectados por la injusta decisión de la gerencia de El Universal de despedirlos sin mayores justificaciones.
En todo momento el SNTP mantuvo abiertos los canales de comunicación con la empresa y exigió en reiteradas ocasiones no solo el reingreso de los compañeros afectados, sino una explicación clara y concisa por la cual El Universal de manera inconsulta despidió a 11 de sus trabajadores.
El SNTP ha demostrado desde su fundación ser una organización que actúa con responsabilidad y que ha sostenido relaciones basadas en la transparencia y la cooperación, en el entendido de que nuestra existencia está atada al sostenimiento de empresas productivas. (SNTP, 01.06.10)