Sidoristas esperando en el tribunal

El 16 de septiembre del 2010 es la nueva fecha en la cual los 14 trabajadores ligados a Sidor deben comparecer, una vez más, ante los tribunales por exigir mejoras laborales.

Como se recordará el 05 de septiembre del año 2006 un grupo de trabajadores y dirigentes sindicales realizaron una protesta contra la empresa transportista Camila, una compañía contratista de SIDOR, la compañía siderúrgica bandera de las empresas básicas ubicadas en Puerto Ordaz, estado Bolívar, en Venezuela. Los trabajadores protestaban por el incumplimiento del salario, higiene y seguridad laboral, así como por la falta de implementos para cumplir con su trabajo. La protesta fue respaldada por dirigentes del Sindicato Único de Trabajadores Siderúrgicos y Similares (Sutiss), realizando una paralización de equipos cuyos desperfectos y falta de mantenimiento representaban un peligro para la integridad de los trabajadores, siguiendo los procedimientos de seguridad laboral establecidos en las normativas laborales. Los patrones acudieron a las autoridades regionales, logrando que se emitiera, por parte del Ministerio Público una orden de aprehensión contra tres líderes sindicales y un grupo de trabajadores, labor que realiza la Guardia Nacional, originando en su momento la protesta de los trabajadores de la siderúrgica.

De esta manera fueron detenidos Leonel Grisett, miembro de la Comisión Paritaria de Sutiss; Juan Valor, secretario de Prensa y Propaganda; y Jhoel Hernández, secretario de Cultura y Deporte del referido sindicato. Los cargos contra ellos eran de apropiación indebida calificada y restricción a la libertad de trabajo. De esta manera se inicia un juicio por hechos definidos como delitos tras la reforma del Código Penal Venezolano (artículos 358 al 363), realizado en el año 2005, y la promulgación de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (artículo 56) en el año 2002: ambos instrumentos aprobados durante el gobierno bolivariano y lesivos del derecho a huelga,. Estos tres líderes sindicales, junto a 11 trabajadores más, los 14 de Sidor, han sido sometidos desde el año 2006 a un régimen de presentación en tribunales.

Según la información de la prensa regional, la dilatación judicial ha afectado a las familias de los trabajadores. «Detrás de los trabajadores sometidos a régimen de presentación -77 en Ciudad Guayana- hay madres, hijos y nietos que huyen de las cámaras ante otro pase de factura». Con la solidaridad de unos pocos han logrado enfrentar la humillación de firmar un documento en el que signan mes a mes delincuentes. Damaris de Valor manifestó su molestia por la ausencia de solidaridad efectiva de la dirigencia. Muchos de los trabajadores contratados fueron -además de despedidos- colocados en una lista negra y la verdad es, que ya no es tan fácil obtener un empleo con semejante etiqueta. “Me siento molesta, como se sienten las esposas de muchos aquí con la actitud fría que ustedes tienen. Están atentando contra ustedes mismos y contra sus familiares y no puede ser”, dijo con voz quebrantada. “Esto es una mortificación, esto es una guerra psicológica”. Una parte de los empleados están firmes en la creencia que Sutiss no colaborará con la defensa, a pesar de los ingresos que reciben de sus agremiados.

“Se nos acusó de manera penal sobre un acto laboral, donde defendíamos la salud y seguridad de los trabajadores. Ha sido una pesadilla para nosotros, siempre buscan una excusa y no ha habido manera de que exista justicia”, agregó Leonel Grisett a la prensa. “Nuestro peor enemigo es la descomposición del movimiento que ha perdido todas las instituciones y federaciones. Un movimiento que no ha entendido que todas las empresas se están cayendo y que se darán cuenta que no tienen un pan cuando sus hijos se lo pidan (…) Convocamos al movimiento siderúrgico, contratados todos a una gran asamblea como una sola fuerza. Tenemos que dar una verdadera lucha de clases y no podemos hablar de contratados y sidoristas, porque todos somos uno”. Correo del Caroní (12.02.10, http://www.correodelcaroni.com/content/view/146952/149)

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