(Caracas, 05.12.12) Integrantes del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos, Provea, se concentraron este miércoles en la sede del Consejo Moral Republicano para exigir una justicia expedita y sin dilaciones indebidas como lo señala el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Y es que el pasado 22 de julio de 2009, el Programa Venezolano introdujo una acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) contra la Asamblea Nacional (AN) debido a la abstención en dictar una ley actualizada de salud, por cuanto la vigente Ley Orgánica de Salud fue publicada en 1998, fecha anterior a la actual Constitución, razón por la cual esta legislación no se ajusta efectivamente a las nuevas disposiciones y avances logrados en materia de derechos y políticas públicas que figuran en nuestra Carta Magna.
La Sala Constitucional del TSJ admitió el recurso luego de 10 meses, en mayo de 2010. Pese a ello, hasta la presente fecha, el TSJ, particularmente la ciudadana Luisa Estela Morales, en su carácter de Presidenta de la Sala Constitucional y ponente de la causa, no se ha pronunciado en torno a ninguna de las actuaciones realizadas.
El 27 de mayo de 2010, Provea introdujo otra acción igual, pero esta vez, la omisión de la AN se debió a la no promulgación de la Ley sobre el Régimen Prestacional de Pensiones y otras asignaciones económicas.
Hasta la presente fecha han transcurrido tres y dos años respectivamente, sin que la Sala Constitucional del TSJ y su Presidenta, se pronuncie sobre la admisibilidad o no de estas acciones. A pesar de las múltiples diligencias introducidas solicitando un dictamen.
Es por esa razón que Provea exige al Consejo Moral Republicano que:
• Inicie la investigación de los hechos denunciados y, de ser procedente, califique la falta en la que pudiera haber incurrido la Magistrada y Presidenta del TSJ, ciudadana Luisa Estela Morales.
• Tome las medidas que estime convenientes para prevenir la comisión de hechos que atenten contra la ética pública por parte de la Magistrada Luisa Estela Morales en su carácter de integrante de la Sala Constitucional del TSJ, derivados de la falta de administración de justicia en tiempo razonable, para lo cual dicho Consejo Moral Republicano es competente de conformidad con el numeral 1 del artículo 10 de la Ley Orgánica del Poder Ciudadano. (Prensa Provea, 05.12.12)