Las organizaciones que formamos parte del FORO POR LOS DERECHOS HUMANOS Y LA DEMOCRACIA acudimos ante la comunidad nacional e internacional para manifestar nuestra profunda preocupación y desasosiego por los graves peligros que consideramos se ciernen hoy sobre la continuidad democrática y el respeto y vigencia efectiva de los derechos humanos en Venezuela. Ello en virtud de la forma de aprobación y contenido de más de veinte leyes sancionadas por la Asamblea Nacional en menos de veinte días sobre aspectos neurálgicos que afectan la esencia misma de la democracia, los órganos constitucionalmente establecidos y los derechos humanos. Y ante la posible aprobación de otras tantas leyes más antes del 5 de enero, fecha en la que entra en funciones la nueva Asamblea Nacional.

Estas leyes restringen, limitan o afectan sustancialmente derechos humanos como los de asociación, los de libre participación, la libertad de pensamiento y expresión, la libertad de comunicación, la libertad de comercio e industria, las libertades políticas, los derechos de propiedad, entre otros hasta el punto de vaciarles de contenido efectivo en muchos ámbitos.

Estas leyes incluyen regulaciones en temas tan variados como las telecomunicaciones, el internet y la responsabilidad de los operadores por las opiniones alojadas en un sitio web, las organizaciones de la sociedad civil y su financiamiento, las organizaciones con fines políticos y su financiamiento, la libre expresión del pensamiento, las universidades y la autonomía universitaria, las formas organizativas de base y la atribución a éstas de funciones administrativas, ejecutivas y hasta judiciales totalmente a espaldas del sistema político organizativo establecido en la Constitución, la regulación de la actividad bancaria, los derechos de propiedad inmobiliaria, entre otros. Incluyen asimismo una habilitación al Presidente de la República para dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley inclusive en materias de derechos humanos sobre prácticamente cualquier tema durante un lapso de 18 meses, conculcando de esta forma los poderes de la Asamblea Nacional que entrará en funciones el 5 de enero de 2010.

Ante una situación tan grave como la descrita como Defensores de Derechos Humanos, creemos que no caben eufemismos ni medias tintas: estamos en el deber de hacer una evaluación de la legitimidad de desempeño de los poderes constituidos en Venezuela y de manifestar nuestras conclusiones.

Sin embargo existe una dificultad focal: uno de los temas más controvertidos con relación a la legitimidad de desempeño de las democracias está relacionado con la determinación de criterios objetivos para evaluar la ruptura del hilo constitucional cuando las mismas personas electas constitucionalmente continúan en funciones pero bajo reglas jurídicas diferentes establecidas por ellos mismos a espaldas de la Constitución que les dio legitimidad de origen. La respuesta no es fácil. Por ejemplo, aún se discute en qué momento los gobiernos constitucionalmente electos del presidente Fujimori o de Hitler dejaron de tener carácter democrático, e inclusive qué calificativo darles a esos gobiernos. Creemos en consecuencia que efectuar una evaluación de las circunstancias desde este punto de vista escapa de nuestras funciones. En cambio, como defensores de Derechos Humanos es nuestro deber pronunciarnos sobre la profundidad de estas acciones legislativas y sus consecuencias sobre la vida democrática y la vigencia y respeto de los derechos humanos en Venezuela.

Pero hay dos dificultades adicionales que nos impiden cumplir nuestro deber a cabalidad en este momento. En primer lugar, porque sólo algunas de las leyes aprobadas han sido publicadas en Gaceta Oficial. A ello se agrega que el texto de casi todas las otras leyes aprobadas fue sometido a la Asamblea Nacional en el curso de los últimos diez días con poca o ninguna publicidad o acceso a ellos, y algunos sufrieron modificaciones sustanciales en las discusiones. Y, por ende, se desconoce su texto definitivo. Asimismo, el texto de leyes algunas leyes que supuestamente deberían ser aprobadas en los próximos días, aún no ha sido revelado. En segundo lugar, porque el número de leyes aprobadas o en discusión en tan breve tiempo supera la capacidad de análisis de cualquier grupo de personas por más avezadas que sean en los temas respectivos.

Todo ello impide que cualquier persona estudiosa de estos temas tenga una perspectiva global, clara e integral de todos los riesgos y peligros para el sistema de protección de los derechos humanos que derivan de tales leyes. De allí que nuestra apreciación sea general, y pueda ser ampliada en su oportunidad.

Tomando en consideración las anteriores premisas:

1)    Manifestamos nuestro rechazo a la forma en la que se han venido aprobando leyes tan complejas e importantes para la vida democrática del país, impidiendo en la práctica cualquier análisis, discusión o evaluación seria de sus contenidos, inclusive por quienes las han aprobado.

2)    Expresamos nuestro altísimo grado de preocupación por el hecho de que el conjunto de estas leyes contienen limitaciones o restricciones serias a los derechos humanos, particularmente:

a. Al establecer restricciones ambiguas cuya interpretación queda en manos de los operadores de justicia, para que las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos puedan obtener financiamientos y asistencia internacional gubernamental o no gubernamental para el desempeño de sus funciones, en violación directa de convenios, tratados y compromisos asumidos por el Estado Venezolano que aseguran tal derecho, lo cual afectará las acciones de nuestras organizaciones en detrimento del grado de respeto de los derechos humanos en Venezuela. El hecho de que estas restricciones ambiguas se encuentren asimismo provistas de sanciones penales o multas, agrega un elemento adicional a esta preocupación.

b. Al establecer restricciones al derecho a expresar libremente las ideas políticas inclusive en foros académicos o políticos, tanto por parte de invitados extranjeros como inclusive de venezolanos en el extranjero.

c. Al establecer restricciones a los diputados y diputadas electas para expresar libremente sus ideas y establecer sanciones por ello.

d. Al establecer restricciones y potenciales sanciones a la expresión de ideas u opiniones políticas, económicas, sociales o de cualquier otro orden a través de los medios de comunicación particularmente a través de Internet, estableciendo sanciones potenciales contra los operadores de los sitios de internet que las publiquen.

e. Al crear mecanismos de administración, gestión y control administrativo y social no previstos en la Constitución otorgándoles facultades propias de los poderes constituidos.

f. Al establecer restricciones a la autonomía universitaria y a la libertad de determinación de programas, contenidos y cátedras en las universidades, estableciendo criterios únicos de enseñanza contrarios al espíritu universitario.

g. Al crear mecanismos de control de los medios de comunicación social, particularmente radio y televisión, tales como la revocación de autorizaciones para operar en el espectro radioeléctrico con reversión, propios de leyes ya superadas.

h. Al fijar mecanismos para la ocupación de terrenos, inmuebles y edificios basados en criterios de utilización suficiente, afectando seriamente los derechos de propiedad.

A ello se agrega un deterioro acelerado respecto de hechos que hemos venido denunciando durante el año 2010: un progresivo desconocimiento de los lapsos y formas procesales en causas judiciales contra disidentes políticos; la agravación de las condiciones del sistema de administración de justicia y de custodia de personas privadas de la libertad; el uso de los mecanismos de la justicia de forma selectiva para la persecución de la disidencia política; la agravación de la violencia social y política y de la delincuencia; la politización de las fuerzas armadas y policiales; el desconocimiento de los derechos ciudadanos a la protesta y a la libre expresión del pensamiento; entre otros.

Por todo lo anterior, instamos a los defensores y a las defensoras de derechos humanos a examinar con cuidado todas estas leyes, y a denunciar cualquier restricción, limitación o retroceso en los derechos humanos que puedan derivar de la aplicación de las mismas. Asimismo reiteramos que hoy se ciernen sobre la continuidad democrática graves peligros que ponen en tela de juicio el respeto y vigencia efectiva de los derechos humanos en Venezuela y la legitimidad de ejercicio de los poderes constituidos.

Control Ciudadano – Dra. Rocio San Miguel
Paz Activa – Dr. Luis Cedeño
Una Ventana a la Libertad – Dr. Carlos Alberto Nieto Palma
Justicia y Proceso Venezuela – Dra. Theresly Malave
Diversidad e Igualdad a Través de la Ley (DIVERLEX) – Dra. Tamara Adrian
Unión Afirmativa de Venezuela – Daniel Márquez

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