En una entrevista publicada el pasado 01.10.10 en el semanario Quinto Día, y realizada por la periodista Sebastiana Barráez, el Vicepresidente de la República Elías Jaua sugiere que la actuación de Roger Cordero, diputado electo por el estado Guárico, está amparada por la noción de “obediencia debida”, en donde los funcionarios militares no son responsables de las consecuencias de actos ordenados por sus superiores.
Transcribimos el pedazo de la entrevista, que puede consultarse íntegramente en el enlace http://www.reporte360.com/detalle.php?id=47711, en donde entrevistador y entrevistado conversan sobre el caso:
“Yo me siento profundamente orgulloso Sebastiana, de pertenecer a un gobierno que en diez años, confrontando situaciones tan delicadas como golpes de estado, sabotajes, actos terroristas, incursión de paramilitares, no tiene desaparecidos políticos, como sí los tuvo ampliamente la IV república. No tenemos presos por opiniones políticas, hay políticos presos por actos terroristas, por desconocimiento de la constitución. La confrontación la hemos dado en el marco de las ideas, y sí ha sido una confrontación dura, pero nunca desde el punto de vista de la negación del otro ni de sus derechos políticos.
– ¿Entonces, cómo es qué un gobierno identificado con el respeto a la vida y calidad humana, postula como diputado por Guárico a un oficial que participó en la masacre de Cantaura, como el general Cordero Lara?
-Bueno, yo he escuchado eso de que él participó. No estamos en situación de comprobar que él actuó en la masacre. A un piloto lo mandan a un objetivo determinado. Los responsables de ordenar la masacre, están precisamente del lado de la mesa de la ultraderecha; no creo que ese sea un parámetro de comparación. La MUD sí tiene un candidato en el Zulia, el comisario Mazuco, violador sistemático de derechos humanos.
-El caso de Mazuco es casi el mismo de Cordero Lara. No me digas que quien cumple órdenes está exento de responsabilidad.
-No conozco exactamente el caso de la actuación del Gral. Cordero Lara en Cantura. Ahora un piloto de aviación no necesariamente conoce el objetivo que tiene que bombardear. En todo caso el Gral. Cordero Lara fue electo por las bases del PSUV y contra él no pesa ningún juicio.”
Provea desea recordar que el artículo 29 de la Carta Magna establece como obligación de Estado la investigación y sanción de los delitos contra los derechos humanos, cuyos delitos son imprescriptibles. Por otra parte el artículo 25 de la Constitución expresa que ningún funcionario público podrá excusarse al afirmar que obraba en cumplimiento de la “obediencia debida a un superior”, cuando se trate de violaciones a derechos humanos. Por estas razones haber sido favorecido por el voto popular no es argumento para la impunidad. Por tanto es una obligación de la próxima Asamblea Nacional realizar los procedimientos administrativos para la suspensión de la inmunidad parlamentaria de Roger Cordero Lara, con el fin de no entorpecer el proceso de investigaciones y sanciones adelantadas por la Fiscalía General de la República.