La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) ha sido informada que Venezuela presentó al Secretario General de la Organización de los Estados Americanos (OEA) un instrumento de denuncia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, fechado el 6 de septiembre de 2012.
La Comisión observa que, una vez que la denuncia de la Convención entre en vigor en el plazo de un año, Venezuela, como Estado miembro de la OEA, seguirá sujeto a la jurisdicción de la Comisión y a las obligaciones que le imponen la Carta de la OEA y la Declaración Americana, suscritas por el Estado de Venezuela en 1948. Asimismo, cualquier caso de violación a los derechos humanos ocurrido hasta la fecha de entrada en vigencia de la denuncia podrá ser conocido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), de acuerdo al artículo 78.2 de la Convención Americana.
Sin embargo, resulta de suma preocupación a la Comisión Interamericana que, a partir de la entrada en vigencia de la denuncia, las violaciones a los derechos humanos que pudieran ocurrir en Venezuela no podrán ser conocidas por la CorteIDH. Esto significa que, si el Estado lleva a término el procedimiento iniciado, los y las habitantes de Venezuela perderán una instancia de protección de sus derechos humanos, quedarán más vulnerables a los abusos y tendrán menos recursos disponibles para defenderse.
Al crear la OEA en 1948, los Estados expresaron como un objetivo de la Organización el “consolidar en este Continente, dentro del marco de las instituciones democráticas, un régimen de libertad individual y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre”. En ese espíritu, los Estados crearon el sistema interamericano de derechos humanos con el mandato de supervisar el respeto y la garantía de los derechos humanos de todas las personas en la región. Los Estados miembros y los órganos políticos de la OEA constituyen la garantía colectiva de ese sistema. Teniendo esto en consideración, la CIDH hace un llamado al Estado de Venezuela para que reconsidere su decisión de denunciar la Convención Americana.
En caso que el procedimiento llegue a término y la denuncia de la Convención cobre vigencia en el plazo de un año, la Comisión continuará con el procesamiento de peticiones y de solicitudes de medidas cautelares relativas a Venezuela, así como con la supervisión de la situación de derechos humanos en ese país, en base al Artículo 106 de la Carta de la OEA y la Declaración Americana.
Por otra parte, la Comisión observa que en la última Asamblea General de la OEA, celebrada en junio de este año en Cochabamba, Bolivia, los Estados Miembros ratificaron su intención de avanzar en la universalización del sistema interamericano de derechos humanos, a través de la firma y ratificación de todos los instrumentos interamericanos de derechos humanos por parte de todos los Estados Miembros de la OEA. La Comisión Interamericana concuerda con los Estados Miembros en que la universalización del sistema es un objetivo prioritario. La decisión de Venezuela de denunciar la Convención Americana constituye un paso atrás en la consecución de este importante objetivo.
En la Asamblea General de Cochabamba, los Estados Miembros también acogieron el informe del Grupo de Trabajo Especial de Reflexión sobre el funcionamiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos para el Fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Dicho documento destaca la necesidad de lograr la ratificación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y demás instrumentos interamericanos sobre derechos humanos por parte de los países que aún no lo hubieren hecho. La denuncia de la Convención por parte de Venezuela constituye un grave retroceso en el esfuerzo por fortalecer el sistema interamericano de derechos humanos.
La Convención Americana entró en vigencia en 1978. A la fecha, 24 de los 35 Estados Miembros de la OEA han ratificado la Convención.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia. (CIDH, 12.09.12)