Washington, D.C., 15 de abril de 2010 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) presentó hoy su Informe Anual 2009 ante la Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos (CAJP) de la Organización de los Estados Americanos (OEA).
El informe consta de cuatro capítulos en los cuales se da cuenta de las actividades desarrolladas por la CIDH y sus Relatorías durante 2009 y se ofrece información sobre el procesamiento de peticiones y casos y el otorgamiento de medidas cautelares a lo largo del año. Asimismo, el Capítulo IV contiene secciones especiales sobre la situación de derechos humanos en Colombia, Cuba, Haití, Honduras y Venezuela, países que la CIDH consideró que merecían especial atención en 2009.
Respecto a Colombia, la CIDH aborda particularmente los avances y desafíos en el esclarecimiento de crímenes perpetrados durante el conflicto, incluyendo la participación de los líderes paramilitares extraditados a los Estados Unidos en los procesos tramitados en Colombia bajo la Ley de Justicia y Paz, la persistencia de patrones de violación de los derechos a la vida y la integridad personal, la situación de grupos étnicos, y las actividades de inteligencia contra defensores y defensoras de derechos humanos, líderes sociales, operadores de justicia y la propia CIDH.
Respecto a Cuba, la CIDH prestó particular atención a las situaciones estructurales que afectan gravemente el pleno goce y disfrute de los derechos humanos, en especial respecto a los derechos políticos; las garantías del debido proceso legal e independencia del Poder Judicial; la privación de libertad de los disidentes políticos; las restricciones al derecho de residencia y tránsito; las restricciones a la libertad de expresión; la situación de los defensores y defensoras de derechos humanos, y; la libertad sindical. Además, se reitera que el embargo contra Cuba debe terminar por su impacto en los derechos humanos de la población cubana, pero que éste no exime al Estado de cumplir con sus obligaciones internacionales ni lo excusa por las violaciones a la Declaración Americana descritas en este informe.
Respecto de Haití, analiza las situaciones estructurales que afectan seriamente el goce y disfrute de los derechos fundamentales de sus habitantes y las graves situaciones de violencia que impiden la debida aplicación del Estado de Derecho; las serias crisis institucionales; los procesos de cambio institucional que pueden tener consecuencias negativas en los derechos humanos; y las graves omisiones en la adopción de normas necesarias para el ejercicio efectivo de los derechos fundamentales.
Respecto a Honduras, el capítulo IV del informe anual es un resumen ejecutivo del informe Honduras: Derechos Humanos en Relación con el Golpe de Estado, que se refiere a la situación de derechos humanos desde el golpe de Estado del 28 de junio de 2009. Dicho informe se basó en gran medida en información recogida durante la visita in loco de la Comisión a Honduras, que tuvo lugar del 17 al 21 de agosto de 2009. De este informe se desprende que las violaciones a los derechos humanos que se denuncian son consecuencia directa de la ruptura del orden constitucional. Por ello, la Comisión considera que el retorno a la institucionalidad democrática en Honduras es necesario para que se den las condiciones para la efectiva protección y cumplimiento de los derechos humanos de todos los habitantes de ese país. La Comisión constató durante su visita que en Honduras, junto con la deslegitimación institucional originada por el golpe de Estado, se han producido graves violaciones a los derechos humanos, incluyendo muertes, declaración arbitraria del estado de excepción, represión de manifestaciones públicas a través de un uso desproporcionado de la fuerza, criminalización de la protesta social, detenciones arbitrarias de miles de personas, tratos crueles, inhumanos y degradantes y malas condiciones de detención, militarización del territorio, aumento de las situaciones de discriminación racial, violaciones a los derechos de las mujeres, serias restricciones arbitrarias al derecho a la libertad de expresión y graves vulneraciones a los derechos políticos. La CIDH también comprobó la ineficacia de los recursos judiciales para proteger los derechos humanos.
Respecto a Venezuela, el capítulo IV del informe anual es un resumen ejecutivo del informe Democracia y Derechos Humanos en Venezuela, mediante el cual la Comisión analiza la evolución de los derechos humanos en dicho país y en particular, una serie de condiciones que evidencian la falta de una efectiva separación e independencia de los poderes públicos en Venezuela. La Comisión también observa que en Venezuela no se ha garantizado a todas las personas el pleno ejercicio de sus derechos con independencia de su posición frente a las políticas del gobierno y que se está utilizando el poder punitivo del Estado para intimidar o sancionar a personas en virtud de su opinión política. El informe establece que en Venezuela no existen las condiciones para que los defensores y defensoras de derechos humanos y los periodistas ejerzan libremente su labor. El informe de la CIDH indica que los numerosos actos violentos de intimidación provenientes de grupos privados contra periodistas y medios de comunicación, sumados a las declaraciones descalificatorias de altos funcionarios públicos contra medios de comunicación y periodistas con base en la línea editorial, y a la apertura sistemática de procesos administrativos fundados en normas legales que permiten un alto nivel de discrecionalidad al momento de ser aplicadas y que amparan la imposición de sanciones drásticas, entre otros factores, configuran un escenario restrictivo que inhibe el libre ejercicio de la libertad de expresión como condición de una democracia vigorosa fundada en el pluralismo y la deliberación pública. Asimismo, la CIDH determina la existencia de un patrón de impunidad en los casos de violencia, que afecta de manera particular a los comunicadores sociales, los defensores de derechos humanos, los sindicalistas, las personas que participan en manifestaciones públicas, las personas privadas de su libertad, los campesinos, los pueblos indígenas y las mujeres. A juicio de la Comisión, todos estos aspectos han contribuido al debilitamiento del Estado de Derecho y la democracia en Venezuela.
La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún país en particular y que son elegidos por la Asamblea General de la OEA.
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