La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) ordenó al Estado venezolano garantizar la protección a la familia Barrios, que denunció ser víctima de una persecución policial que se ha cobrado la vida de cinco de sus integrantes.
La CorteIDH, con sede en Costa Rica, celebró el pasado 29 de enero una audiencia sobre medidas provisionales en este caso, en la cual escuchó a las partes involucradas, y hoy publicó la resolución al respecto con fecha del 4 de febrero, informó Efe.
Se le «reitera al Estado que mantenga las medidas que hubiese adoptado y disponga de forma inmediata las que sean necesarias para proteger eficazmente la vida y la integridad personal de los beneficiarios», indica el documento.
Agrega que el Estado debe proveer las acciones de «custodia permanentes necesarias para brindar seguridad a las viviendas» de tres integrantes de la familia, «sin perjuicio de que las partes puedan acordar medidas provisionales más integrales en el marco del diálogo entre beneficiarios y Estado».
Los jueces también ordenaron a Venezuela presentar un informe sobre el cumplimiento de estas órdenes antes del 18 de marzo próximo.
El caso de la familia Barrios está en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con sede en Washington, donde se analiza la posibilidad de elevarlo a juicio ante la Corte, pero las víctimas pueden, como han hecho, solicitar a esas instancias medidas de protección.
La CorteIDH ya había dictado medidas provisiones de protección en 2004, las cuales han sido desobedecidas por Venezuela, según afirmaron los representantes de la familia durante la audiencia de enero pasado.
Entre lo ordenado por la Corte a Venezuela sobresale proteger la vida e integridad y otorgar medidas de custodia permanentes para 28 integrantes de la familia Barrios y concluir la investigación de los hechos denunciados.
La familia también notificó a la CorteIDH sobre el asesinato de dos de sus miembros después de que dictará las medidas provisionales, el último de ellos Óscar Barrios, en noviembre pasado.
Sobre esto, los magistrados indicaron en su resolución publicada hoy que la muerte de Óscar Barrios «denota el incumplimiento por parte del Estado de implementar efectivamente las medidas provisionales ordenadas por esta Corte».
Este caso se refiere a una denuncia presentada ante la CIDH por la familia Barrios, la cual afirma que ha sido «acosada, amenazada y diezmada por acciones atribuidas a agentes de la Policía del Estado Aragua», con un saldo de cinco asesinatos.
El primero de estos crímenes atribuidos a policías ocurrió el 11 de diciembre de 2003, cuando murió Narciso Barrios, caso que fue denunciado ante las autoridades judiciales.
A partir de entonces, de acuerdo con la denuncia, la familia ha sido amenazada y acosada por agentes policiales.