La Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, organización no gubernamental dedicada desde hace 25 años a la defensa y promoción de los derechos humanos en Venezuela, hace pública su posición de rechazo ante los operativos que viene desarrollando en sectores populares, el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), denominados coloquialmente “madrugonazos”, y manifiesta su preocupación por el incremento de denuncias recibidas en la Red de Apoyo referidas a casos de tortura en procedimientos de investigación penal desarrollados por el mismo organismo policial.
Los operativos policiales de carácter reactivo realizados en las comunidades, bajo la supuesta premisa del “combate al delito”, no pueden nunca servir como justificativo para la vulneración de los derechos humanos reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico, tales como la integridad personal, la libertad personal o la inviolabilidad del hogar. Dichas acciones, realizadas sin la presencia del Ministerio Público y sin la orden escrita de un Tribunal de Control (según establece el art. 210 del COPP), con alto grado de uso desproporcionado de fuerza y destrucción de propiedad privada en el marco de allanamientos ilegales, constituyen claras y flagrantes violaciones a los derechos humanos y exigen una respuesta contundente de rechazo, investigación y sanción por parte de los organismos competentes del Sistema de Justicia Penal.
De igual manera, las acciones contra la integridad personal de testigos o personas investigadas realizadas bajo la modalidad de torturas, tal como la definen los tratados internacionales ratificados por la República, deben generar una investigación consecuente, transparente y expedita por parte del Ministerio Público, así como las sanciones a que haya lugar en las instancias disciplinarias internas del CICPC. Vemos con preocupación el creciente número de denuncias recibidas en este sentido tanto en el año 2010 como en el breve tiempo transcurrido del año 2011. En el año 2010 atendimos 91 casos de violaciones a los Derechos Humanos en los cuales el CICPC aparece como responsable del 35% de los mismos (32 casos). De estos 91 casos 36 eran casos de tortura de los cuales el CICPC es responsables de 8 casos (22%). En enero del 2011 se han atendido 8 denuncias de tortura en las cuales aparece como responsable el CICPC.
Por todo lo antes expuesto solicitamos:
1. Al Ministerio Público: informar a la sociedad venezolana qué acciones concretas están desarrollando para enfrentar esta situación irregular en los procedimientos del CICPC así como ante los casos de torturas que se están presentando de manera creciente por acción de este organismo. De igual manera dar lineamientos claros a los fiscales en todo el territorio nacional en cuanto a la responsabilidad que tienen de atender de forma expedita a las víctimas, facilitando e incentivando el proceso de denuncia y evitando incurrir en actitudes que puedan constituir clara connivencia con las violaciones de derechos humanos antes denunciadas.
2. Al Ministerio del Poder Popular para Interior y Justicia: iniciar una investigación expedita e imparcial y proceder a la pronta intervención y reforma del CICPC, toda vez que dicho organismo ha permanecido hasta la fecha al margen del proceso de transformación del modelo policial que se adelanta en Venezuela, constituyéndose, de mantener esta situación, en una piedra de tranca para la garantía efectiva de los derechos humanos de la población y una muestra de contradicción con los principios éticos que orientan la política pública de seguridad ciudadana que adelanta el Gobierno Venezolano.
3. A la Defensoría del Pueblo: solicitamos iniciar una investigación en torno a estas denuncias y exhortar a la Asamblea Nacional, una vez más, para que se apruebe a la brevedad posible una ley que dé cumplimiento al mandato constitucional establecido en las disposiciones transitorias, relativo a legislar para prevenir y sancionar la tortura en Venezuela, dando correspondencia efectiva a nuestro marco legislativo con lo establecido en los tratados internacionales suscritos por la República en esta materia.
4. A la Asamblea Nacional: proceder con celeridad legislativa a cubrir la mora existente desde el año 1999 en cuanto a la sanción de la tortura como delito contra los derechos humanos en nuestro ordenamiento jurídico. Igualmente le solicitamos interpelar al Director del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, sobre las supuestas acciones abusivas de este cuerpo y las medidas que ha tomado para sancionarlas y prevenirlas.
5. A las organizaciones del Poder Popular: A participar activamente en la contraloría social y no silenciar la denuncia de estos atropellos, sistematizar los casos y apoyar a las víctimas para que recurran ante el sistema de justicia para exigir las garantías debidas a sus vidas, su integridad y sus bienes.
6. A las personas y familias afectadas por los abusos cometidos a no ceder en su derecho de denunciar, obtener amparos judiciales, seguridad y protección a sus derechos e integridad personal, así como a recibir oportuna, rápida y eficaz respuesta a sus quejas y denuncias.
Caracas, 4 de febrero de 2011.