observatorio venezolano de prisionesPor medio de la presente nosotros, Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) en nuestro carácter de Organización No Gubernamental, que tiene como principal atribución velar por el debido respeto de los Derechos Humanos de las personas privadas de su libertad en el territorio Nacional, y que tiene como misión la promoción y vigilancia de que los Derechos Humanos de las personas privadas de su libertad sean garantizados por el Estado, teniendo como visión el ser la institución referencial para el cumplimiento de los Derechos Humanos en el ámbito penitenciario venezolano; condenamos y rechazamos rotundamente el traslado del ciudadano Daniel Ceballos a la Carcel 26 Julio del Edo. Guarico que es una prisión para ciudadanos por delitos comunes y se encuentra fuera de la jurisdicción en la cual está siendo procesado y en la actualidad tiene una población reclusa de más de 700 reclusos.

Tome las medidas necesarias para el control y resguardo de las personas privadas de libertad en todas las instituciones penitenciarias

Es de nuestra preocupación ya que el Estado no garantiza la seguridad de las personas que se encuentran privadas de libertad en estos centros penitenciarios.

Desde 1.999, año en que se aprobó la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que por primera vez consagra Derechos Humanos para privados de libertad, han muerto 6.313 personas y otras 16.318 han resultado heridas en diferentes cárceles del país.

Y desde la creación del Ministerio de Asuntos Penitenciarios el 26 de julio del 2011 hasta diciembre 2014  1622 internos han muertos y 2328 han resultado heridos, ósea el Edo. No garantiza la vida de las personas bajo su responsabilidad.

El Comité Contra la Tortura, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y distintas Organizaciones no Gubernamentales nacionales e internacionales han expresado su consternación ante la situación carcelaria en Venezuela y las distintas violaciones a los Derechos Humanos de los Privados de libertad, instando al Estado venezolano a mejorar las condiciones de las cárceles y de las personas.

Al respecto Condiciones en centros penitenciarios, según lo que ha dicho el Estado, el nuevo régimen carcelario el cual se aplica a 70 centros, es decir, 80% de los planteles, representa una mejora para la situación carcelaria en Venezuela, sin embargo, no se ve reflejada la mejora y por el contrario las condiciones de los privados de libertad han desmejorado al ser sometidos a un régimen militar en el cual son uniformados y obligados a practicar orden cerrado.

Con nuevo régimen carcelario sólo pueden recibir visitas una vez al mes, y no pueden entrar niños ni hombres. Los reclusos son solo pueden tener dos visitas mensuales: una conyugal y una familiar, les es permitido una sola llamada por semana y todas las mañanas se les hace pase de número y se les obliga a entonar del Himno Nacional y del Himno del Batallón Bravos de Apure “Patria querida”.

Que el Ciudadano Daniel Ceballos haya sido trasladado a un centro penitenciario con estas características es de nuestra preocupación dado que en su carácter de dirigente opositor, al estar recluido en un centro en el cual se imparte preparación militar alusiva a un partido del gobierno, bajo una ideología contraria, no se puede garantizar su seguridad.

Ejemplo de esto es la tragedia ocurrida el pasado mes de noviembre en Uribana donde más de 50 reclusos fallecieron y cientos estaban intoxicados, después que los internos iniciaran una huelga de hambre para exigir la destitución del nuevo director del penal, Julio César Pérez, a quien acusaron de maltrato físico.

Adicionalmente rechazamos que al Sr. Ceballos se le haya trasladado a un centro penitenciario fuera de la jurisdicción penal dentro de la cual se encuentra siendo procesado, además de ser recluido en una cárcel en la cual se encuentra procesados y condenados por haber cometido delitos de Homicidios, Tráfico de Drogas, Secuestro, Hurto, y violacion, mientras que el Sr. Ceballos se encuentra siendo procesado por presuntos delitos políticos por lo cual debe permanecer en un reclusorio para privados de libertad de carácter político.

Petitorio:
En virtud de los hechos ocurridos y por las violaciones a los Derechos Humanos en relación con la situación de aislamiento y traslado arbitrario del Sr. Daniel Ceballos y de las condiciones de su detención, el Observatorio Venezolano de Prisiones condenamos y rechazamos estos hechos y solicitamos al Estado Venezolano:

1. Tome las medidas necesarias para el control y resguardo de las personas privadas de libertad en todas las instituciones penitenciarias, así como también garantice la protección y respeto a los derechos humanos de las personas privadas de libertad.

2. Exigimos protección inmediata del Sr. Daniel Ceballos y que el Estado cumpla con las Medidas Cautelares emitidas por la Comisión Interamericana a favor de Daniel Ceballos y Leopoldo López.

3. Instamos a que el Ciudadano Daniel Ceballos sea trasladado nuevamente a un sitio de reclusión para personas privadas de libertad por razones políticas y que el mismo se encuentre dentro de la jurisdicción en la cual se encuentra siendo procesado.

Humberto Prado
Coordinador del OVP

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